II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25935)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Universidad de Extremadura, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168926
Asimismo, podrán presentarse a estos concursos quienes contaran con la
habilitación para el acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el
Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación
nacional, sin que el área de conocimiento de su habilitación resulte condicionante para
concursar a cualquiera de las plazas convocadas. Del mismo modo, podrá concursar, a
las plazas convocadas en los respectivos cuerpos, el personal de los cuerpos docentes
de CU y de TU. A todos los efectos se entenderá que están habilitados para TU los
actuales Catedráticos o Catedráticas de Escuela Universitaria (CEU) y el PDI que se
hubiese habilitado como CEU.
Igualmente, podrán presentarse a los concursos de los cuerpos respectivos el PDI de
universidades de Estados miembros de la Unión Europea que hayan alcanzado una
posición equivalente a la de CU o TU, de acuerdo con la certificación emitida por la
Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación, a solicitud de la persona interesada. En
esos casos, el nivel de conocimiento del idioma castellano necesario para el desempeño
de su labor docente será el C1 según el Marco Común Europeo de referencia para las
lenguas.
En el caso de que la persona aspirante sea funcionario o funcionaria de cuerpos
docentes universitarios, es necesario que hayan transcurrido como mínimo dos años
desde que haya obtenido una plaza mediante concurso en otra Universidad, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre.
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.
Solicitudes.
3.1 Solicitudes de participación. Quienes deseen tomar parte en el concurso de
acceso, deberán presentar en las Oficinas de asistencia en materia de registro de la UEx
o por registro electrónico o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la correspondiente solicitud al Rector de la
Universidad de Extremadura, en concordancia con lo establecido en la disposición
transitoria segunda de la mencionada Ley, en el plazo de veinte días naturales a partir
del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE, mediante
instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en el anexo II.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos se presentarán
en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado de correos antes de su
certificación. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las
remitirán seguidamente al Registro de la Universidad de Extremadura.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a solicitud de las personas interesadas.
Las notificaciones se practicarán en la dirección de correo electrónico señalado a
efectos de notificación por quien concurra en su solicitud de participación. El profesorado
perteneciente a la Universidad de Extremadura señalará la dirección de correo
electrónico de la UEx, siendo responsabilidad exclusiva del concursante tanto los errores
en su consignación como la comunicación a la Administración de cualquier cambio de
dicha dirección a efectos de notificación.
3.2 Derechos de examen. Quien concurse deberá abonar a la Universidad de
Extremadura, la cantidad de 40,00 euros en concepto de derechos de examen. El
ingreso
o
transferencia
bancaria
deberá
ser
efectuado
en
la
c/c
ES27-0049-6147-62-2310012418 del Banco de Santander, denominada «UEXCONCURSOS PDI».
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la
cve: BOE-A-2023-25935
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168926
Asimismo, podrán presentarse a estos concursos quienes contaran con la
habilitación para el acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el
Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación
nacional, sin que el área de conocimiento de su habilitación resulte condicionante para
concursar a cualquiera de las plazas convocadas. Del mismo modo, podrá concursar, a
las plazas convocadas en los respectivos cuerpos, el personal de los cuerpos docentes
de CU y de TU. A todos los efectos se entenderá que están habilitados para TU los
actuales Catedráticos o Catedráticas de Escuela Universitaria (CEU) y el PDI que se
hubiese habilitado como CEU.
Igualmente, podrán presentarse a los concursos de los cuerpos respectivos el PDI de
universidades de Estados miembros de la Unión Europea que hayan alcanzado una
posición equivalente a la de CU o TU, de acuerdo con la certificación emitida por la
Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación, a solicitud de la persona interesada. En
esos casos, el nivel de conocimiento del idioma castellano necesario para el desempeño
de su labor docente será el C1 según el Marco Común Europeo de referencia para las
lenguas.
En el caso de que la persona aspirante sea funcionario o funcionaria de cuerpos
docentes universitarios, es necesario que hayan transcurrido como mínimo dos años
desde que haya obtenido una plaza mediante concurso en otra Universidad, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre.
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.
Solicitudes.
3.1 Solicitudes de participación. Quienes deseen tomar parte en el concurso de
acceso, deberán presentar en las Oficinas de asistencia en materia de registro de la UEx
o por registro electrónico o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la correspondiente solicitud al Rector de la
Universidad de Extremadura, en concordancia con lo establecido en la disposición
transitoria segunda de la mencionada Ley, en el plazo de veinte días naturales a partir
del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE, mediante
instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en el anexo II.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos se presentarán
en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado de correos antes de su
certificación. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las
remitirán seguidamente al Registro de la Universidad de Extremadura.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a solicitud de las personas interesadas.
Las notificaciones se practicarán en la dirección de correo electrónico señalado a
efectos de notificación por quien concurra en su solicitud de participación. El profesorado
perteneciente a la Universidad de Extremadura señalará la dirección de correo
electrónico de la UEx, siendo responsabilidad exclusiva del concursante tanto los errores
en su consignación como la comunicación a la Administración de cualquier cambio de
dicha dirección a efectos de notificación.
3.2 Derechos de examen. Quien concurse deberá abonar a la Universidad de
Extremadura, la cantidad de 40,00 euros en concepto de derechos de examen. El
ingreso
o
transferencia
bancaria
deberá
ser
efectuado
en
la
c/c
ES27-0049-6147-62-2310012418 del Banco de Santander, denominada «UEXCONCURSOS PDI».
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la
cve: BOE-A-2023-25935
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.