I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Organización. (BOE-A-2023-25886)
Real Decreto 1138/2023, de 19 de diciembre, por el que se regulan el Registro estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual, de prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma y de prestadores del servicio de agregación de servicios de comunicación audiovisual y el procedimiento de comunicación previa de inicio de actividad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023
Disposición final primera.

Sec. I. Pág. 168670

Facultades de desarrollo.

1. La persona titular del Ministerio de Transformación Digital podrá dictar las
disposiciones de desarrollo, aplicación y ejecución de este real decreto.
2. La persona titular del Ministerio de Transformación Digital podrá modificar por
orden ministerial el contenido del anexo de este real decreto.
Disposición final segunda.

Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1. 21.ª y 27.ª
de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia
de telecomunicaciones, y para dictar las normas básicas del régimen de radio y
televisión y, en general, de todos los medios de comunicación social, sin perjuicio de las
facultades que en su desarrollo y ejecución correspondan a las comunidades
autónomas, respectivamente.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 19 de diciembre de 2023.
FELIPE R.
El Ministro de Transformación Digital,

cve: BOE-A-2023-25886
Verificable en https://www.boe.es

JOSÉ LUIS ESCRIVÁ BELMONTE