I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Subvenciones. (BOE-A-2023-25883)
Real Decreto 1128/2023, de 19 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Comité Olímpico Español para la realización de actuaciones extraordinarias de interés público durante el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de diciembre de 2023

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agentes del sector, acciones para el fomento del turismo y la industria vinculados a la
actividad física y el deporte.
Por otra parte, la misma ley indica que el COE ha tenido, desde su creación, un
papel esencial en el desarrollo del deporte y en la difusión de los ideales y valores
asociados al Movimiento Olímpico. Esta ley reconoce la importancia de su labor y
garantiza el ejercicio de sus funciones, obligaciones y derechos. De esta forma, se
contemplan su naturaleza y sus funciones, así como la reserva de los elementos más
representativos de este. Además, también se reconoce que dependerá de este
organismo la inscripción y participación de las personas deportistas en los Juegos
Olímpicos o eventos relacionados.
Así, el artículo 75 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, establece que
el COE es una asociación sin fines de lucro, declarada de utilidad pública y dotada de
personalidad jurídica, cuyo objeto consiste en el desarrollo del Movimiento Olímpico y la
difusión de sus ideales. El COE organiza la inscripción y participación de las personas
deportistas españolas en los Juegos Olímpicos, y en otros Juegos o competiciones
deportivas continentales o mundiales vinculadas al Movimiento Olímpico Internacional,
colaborando en su preparación y estimulando la práctica de las actividades
representadas en dichos Juegos.
Siendo el COE el encargado de representar a España en los Juegos Olímpicos y en
otras competiciones deportivas internacionales, al financiar la participación de
deportistas españoles en las mismas, se garantiza que el país esté representado de
manera adecuada y suficiente, de manera que se fortalece además la imagen de España
en el ámbito deportivo a nivel internacional, contribuyendo asimismo al desarrollo del
deporte de alto rendimiento en el país. Esto implica apoyar económicamente a los
deportistas de alto nivel para su preparación, participación en competiciones y acceso a
recursos técnicos y científicos necesarios para alcanzar un óptimo desempeño. De esta
manera, se fomenta la excelencia deportiva y se generan referentes para inspirar a
futuras generaciones.
Por otra parte, con la contribución a la formación en diversas materias relacionadas
con la actividad deportiva, al estudio de modelo del deporte y al mantenimiento de la
plataforma CONPaaS se completan las medidas de apoyo a las personas deportistas
desde una dimensión estructural, aportando, con vocación de permanencia, los recursos
necesarios para consolidar la estructura deportiva en los diferentes ámbitos que
redundan en obtención de mejores condiciones para la preparación y la consiguiente
mejora del rendimiento de los deportistas españoles en las competiciones deportivas
internacionales de máximo nivel en las que participen.
Concurren en el presente supuesto razones de interés público exigidas para la
concesión directa de la subvención que se aprueba mediante este real decreto, toda vez
que la cuantía otorgada dirigida a garantizar las actuaciones desarrolladas por al COE
permitirá contribuir al desarrollo de las actuaciones mencionadas en el primer párrafo y
contribuirá al incremento de la representatividad y reputación internacional del deporte
español por su alta difusión internacional.
De conformidad con lo anteriormente señalado, se sostiene que, en atención a la
naturaleza de la entidad beneficiaria de la subvención y a los fines que satisfacen, se
dan las razones de interés público y social exigidas que justifican la concesión directa de
la subvención que se aprueba en el presente real decreto.
Por lo expuesto, se considera que la norma se adecúa a los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, particularmente a
los de necesidad y eficacia, al estar justificada por razones de interés general, público y
social, por el fomento del deporte de alto nivel, el incremento de la representatividad y
reputación internacional del deporte español por su alta difusión internacional y una
acción de fomento del turismo y la industria vinculados a la actividad física y el deporte;
al de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para atender las
necesidades que pretende cubrir, y al de eficiencia, ya que la iniciativa normativa evita

cve: BOE-A-2023-25883
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Núm. 304