I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE IGUALDAD. Subvenciones. (BOE-A-2023-25885)
Real Decreto 1015/2023, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE IGUALDAD
Real Decreto 1015/2023, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Real
Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión
directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y
Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención
y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión
directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la
modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de
violencia machista en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a la Federación
Española de Municipios y Provincias (FEMP) para el desarrollo del proyecto dirigido a
modernizar y ampliar los servicios de atención telefónica y telemática para apoyar a
todas las mujeres víctimas de violencia machista, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en
relación con el artículo 28.2 y 3 de la misma ley. Esta subvención se enmarca entre las
medidas que conforman la inversión 4 del Componente 22 (C22.I4), «Plan España te
protege contra la violencia machista».
Esta subvención, como establece el artículo 2 del citado real decreto, está sometida
al Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
así como a la normativa interna aplicable a la gestión, seguimiento y control que se
establezca para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en España, y a
las obligaciones específicas relativas a la información y publicidad, verificación y demás
impuestas por la normativa estatal y de la Unión Europea. En particular, estará sometida
al Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia; y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la
que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las
Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del
cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las
medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
cuya aplicación será de obligado cumplimiento. Asimismo, se someterá a las previsiones
de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de
conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Mediante el Real Decreto 194/2023, de 21 de marzo, se modificó el citado Real
Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, para ampliar el plazo de ejecución de las
actividades objeto de la subvención, dentro de los límites establecidos en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, hasta el 31 de diciembre de 2023 y,
asimismo, en consecuencia, se amplió el plazo de justificación de la subvención al 31 de
marzo de 2024. Esta ampliación del plazo de ejecución y de justificación de la
subvención se debió a la necesidad de posibilitar y garantizar una correcta ejecución de
los trabajos previstos, en especial de los relativos a la puesta en marcha de un Centro
Estatal de Coordinación del Servicio de Atención y Protección a las víctimas de violencia
machista (CEC-ATENPRO), toda vez que la disposición final primera del Real

cve: BOE-A-2023-25885
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