I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Organización. (BOE-A-2023-25884)
Real Decreto 1014/2023, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1024/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Real Decreto 1014/2023, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Real
Decreto 1024/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento del Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación.

La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, creó el
Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación como órgano de participación de la
comunidad científica y tecnológica y de los agentes económicos y sociales en los
asuntos relacionados con la ciencia, la tecnología y la innovación.
Este órgano colegiado vino a sustituir al Consejo Asesor para la Ciencia y la
Tecnología creado mediante la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación
General de la Investigación Científica y Técnica, y regulado por el Real
Decreto 413/2001, de 20 de abril, que regulaba dicho Consejo.
Tras la entrada en vigor de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se
modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, se
han introducido cambios en la redacción del artículo 9 de la ley, actualizando las
funciones y la composición del Consejo Asesor, lo que requiere de la actualización de su
vigente Reglamento, aprobado mediante Real Decreto 1024/2015, de 13 de noviembre.
El Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación, una vez aprobada por
mayoría cualificada de sus miembros reunidos el 4 de abril de 2023, ha elevado la
propuesta de reglamento que este real decreto contiene, cumpliendo con lo establecido
en el mencionado artículo 9 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
Este real decreto se dicta conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 9.4 de
la Ley 14/2011, de 1 de junio.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación establecidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Así, es respetuoso con el principio de necesidad, toda vez que su aprobación queda
justificada en la necesidad de actualizar las funciones y composición del Consejo Asesor
de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Responde, asimismo, al principio de eficacia, al resultar el instrumento jurídico más
adecuado para la consecución de los fines que se persiguen mediante su aprobación; y
al principio de proporcionalidad, en la medida en que la norma no afecta a los derechos y
deberes de los ciudadanos ni de las empresas.
Asimismo, la norma incrementará la seguridad jurídica al adecuar el Reglamento del
Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación a lo dispuesto en el artículo 9 de la
Ley 14/2011, de 1 de junio, tras su modificación por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre.
Finalmente, es conforme con las exigencias de los principios de calidad,
independencia y transparencia, toda vez que la propuesta ha sido informada
favorablemente por el Consejo Asesor, y su necesidad y objetivos constan de manera
clara y explícita en la Memoria de la norma, que es accesible a la ciudadanía a través del
Portal de la Transparencia; y del principio de eficiencia, ya que su creación no impone
cargas administrativas a los ciudadanos.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, con
la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con el

cve: BOE-A-2023-25884
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