I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE-A-2023-25882)
Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 168635

cve: BOE-A-2023-25882
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actividad, los interesados podrán solicitar la reducción de los índices o módulos en la
Administración o Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
correspondiente a su domicilio fiscal en el plazo de treinta días a contar desde la fecha
en que se produzcan dichas circunstancias, aportando las pruebas que consideren
oportunas. Acreditada la efectividad de dichas alteraciones ante la Administración
Tributaria, se acordará la reducción de los índices o módulos que proceda.
Asimismo, conforme al mismo procedimiento indicado en el párrafo anterior, se podrá
solicitar la reducción de los índices o módulos en los casos en que el titular de la
actividad se encuentre en situación de incapacidad temporal y no tenga otro personal
empleado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X