I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE-A-2023-25882)
Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido.
79 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 168616
Actividad: Servicios de mudanzas. Epígrafe I.A.E.: 757
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado.
Persona.
2
Carga vehículos.
Tonelada.
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
5.712,43
256,27
Cuota mínima por operaciones corrientes: 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Actividad: Transporte de mensajería y recadería, cuando la actividad se realice
exclusivamente con medios de transporte propios. Epígrafe I.A.E.: 849.5
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado.
Persona.
2
Carga vehículos.
Tonelada.
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
4.149,99
388,55
Cuota mínima por operaciones corrientes: 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Actividad: Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos,
etc. Epígrafe I.A.E.: 933.1
Módulo
Definición
Unidad
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
1
Personal empleado.
Persona.
3.000,89
2
Número de vehículos.
Vehículo.
256,27
3
Potencia fiscal vehículo.
CVF.
107,47
Cuota mínima por operaciones corrientes: 48 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: Los módulos anteriores no serán de aplicación en la medida en que se utilicen en la realización de
operaciones exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido por aplicación de lo previsto en el artículo
20.uno.9.º de la Ley 37/92.
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado
Persona.
2
Superficie del local
Metro cuadrado.
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
2.413,95
2,64
Cuota mínima por operaciones corrientes: 48 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: Los módulos anteriores no serán de aplicación en la medida en que se utilicen en la realización de
operaciones exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido por aplicación de lo previsto en el artículo
20.Uno.9.º de la Ley 37/92.
cve: BOE-A-2023-25882
Verificable en https://www.boe.es
Actividad: Otras actividades de enseñanza, tales como idiomas, corte y confección,
mecanografía, taquigrafía, preparación de exámenes y oposiciones y similares n.c.o.p.
Epígrafe I.A.E.: 933.9
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 168616
Actividad: Servicios de mudanzas. Epígrafe I.A.E.: 757
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado.
Persona.
2
Carga vehículos.
Tonelada.
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
5.712,43
256,27
Cuota mínima por operaciones corrientes: 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Actividad: Transporte de mensajería y recadería, cuando la actividad se realice
exclusivamente con medios de transporte propios. Epígrafe I.A.E.: 849.5
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado.
Persona.
2
Carga vehículos.
Tonelada.
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
4.149,99
388,55
Cuota mínima por operaciones corrientes: 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Actividad: Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos,
etc. Epígrafe I.A.E.: 933.1
Módulo
Definición
Unidad
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
1
Personal empleado.
Persona.
3.000,89
2
Número de vehículos.
Vehículo.
256,27
3
Potencia fiscal vehículo.
CVF.
107,47
Cuota mínima por operaciones corrientes: 48 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: Los módulos anteriores no serán de aplicación en la medida en que se utilicen en la realización de
operaciones exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido por aplicación de lo previsto en el artículo
20.uno.9.º de la Ley 37/92.
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado
Persona.
2
Superficie del local
Metro cuadrado.
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
2.413,95
2,64
Cuota mínima por operaciones corrientes: 48 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: Los módulos anteriores no serán de aplicación en la medida en que se utilicen en la realización de
operaciones exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido por aplicación de lo previsto en el artículo
20.Uno.9.º de la Ley 37/92.
cve: BOE-A-2023-25882
Verificable en https://www.boe.es
Actividad: Otras actividades de enseñanza, tales como idiomas, corte y confección,
mecanografía, taquigrafía, preparación de exámenes y oposiciones y similares n.c.o.p.
Epígrafe I.A.E.: 933.9