I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE-A-2023-25882)
Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 168602

Actividad: Tinte, limpieza en seco, lavado y planchado de ropas hechas y de prendas y
artículos del hogar usados. Epígrafe I.A.E.: 971.1

Módulo

Definición

Unidad

Rendimiento anual por
unidad antes de
amortización

Euros

1

Personal asalariado.

Persona.

4.553,90

2

Personal no asalariado.

Persona.

16.773,19

3

Consumo de energía eléctrica.

100 kWh.

45,98

Actividad: Servicios de peluquería de señora y caballero. Epígrafe I.A.E. 972.1

Módulo

Definición

Unidad

Rendimiento anual por
unidad antes de
amortización

Euros

1

Personal asalariado.

Persona.

3.161,90

2

Personal no asalariado.

Persona.

9.649,47

3

Superficie del local.

Metro cuadrado.

94,48

4

Consumo de energía eléctrica.

100 kWh.

81,88

Nota: El rendimiento neto resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su
caso, el derivado del comercio al por menor de artículos de cosmética capilar y productos de peluquería, así
como de los servicios de manicura, depilación, pedicura y maquillaje, siempre que estas actividades se
desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Salones e institutos de belleza. Epígrafe I.A.E. 972.2

Módulo

Definición

Unidad

Rendimiento anual por
unidad antes de
amortización

Euros

1

Personal asalariado.

Persona.

1.788,80

2

Personal no asalariado.

Persona.

14.896,21

3

Superficie del local.

Metro cuadrado.

88,18

4

Consumo de energía eléctrica.

100 kWh.

55,43

cve: BOE-A-2023-25882
Verificable en https://www.boe.es

Nota: El rendimiento neto resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su
caso, el derivado del comercio al por menor de artículos de cosmética y belleza, siempre que este comercio
se limite a los productos necesarios para la continuación de tratamientos efectuados en el salón.