II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-25863)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a la categoría de Técnico Superior de Apoyo a la Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168466
10.2 La acreditación de los conocimientos de valenciano por las personas que
hayan superado las pruebas selectivas, será la siguiente y deberá realizarse mediante
certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià o expedido
por el Servei de Normalització Lingüística de la Universitat Politècnica de València o
aquellos certificados que constan en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la
Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.
10.3 Quienes no puedan acreditar conocimientos de valenciano tras la superación
de las pruebas selectivas de la forma indicada en el apartado anterior, deberán realizar el
ejercicio específico que se convoque y, caso de no superarlo, asistir a los cursos de
perfeccionamiento que a este fin se organicen.
10.4 En la Universitat Politècnica de València estos cursos serán convocados por el
órgano competente, en el plazo de un año desde la toma de posesión, siendo obligatoria
la participación de los mismos en tanto no se obtenga el nivel de conocimiento de
valenciano previsto en el apartado 2 de este artículo.
11.
Presentación de documentos
11.1 Una vez finalizado el proceso selectivo, se publicarán en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana», la lista definitiva con el nombre de las personas aprobadas con
la puntuación obtenida. En el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente
a esta publicación, las personas propuestas deberán presentar en el Servicio de Gestión
de Personal de esta Universitat Politècnica de València los siguientes documentos:
a) Salvo que conste en el expediente personal, original y fotocopia para su cotejo o
copia electrónica o fotocopia compulsada de del título académico exigible según la
presente convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá adjuntarse la credencial que acredite su homologación.
b) Salvo que conste en el expediente personal, original y fotocopia para su cotejo o
copia electrónica o fotocopia compulsada de de los documentos acreditativos de los
requisitos o especialidades, en el caso, de que éstos figuren en la presente convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado,
considerándose a estos efectos válidos lo siguiente:
Certificado de vigilancia del estado de salud del último reconocimiento médico
realizado en dicha Universitat, vigente a fecha de finalización del plazo de presentación
de documentación o en caso contrario el certificado médico oficial acreditativo.
d) Las personas aspirantes con diversidad funcional, deberán presentar original y
fotocopia para su cotejo o copia electrónica o fotocopia compulsada de la certificación de
la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas u órganos competentes de otras
Administraciones Públicas, que acredite discapacidad igual o superior al treinta y tres por
ciento, así como su capacidad para desempeñar las funciones que correspondan a las
vacantes ofertadas.
No obstante lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a exigir
una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por el
tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarde relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.
11.2 Las personas aspirantes seleccionadas que dentro del plazo establecido en el
punto anterior, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación
acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombradas personal funcionario de carrera, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
11.3 Con la finalidad de asegurar la cobertura de las vacantes convocadas, cuando se
produzcan renuncias, falta de acreditación de los requisitos exigidos en la convocatoria para
cve: BOE-A-2023-25863
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303
Miércoles 20 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168466
10.2 La acreditación de los conocimientos de valenciano por las personas que
hayan superado las pruebas selectivas, será la siguiente y deberá realizarse mediante
certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià o expedido
por el Servei de Normalització Lingüística de la Universitat Politècnica de València o
aquellos certificados que constan en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la
Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.
10.3 Quienes no puedan acreditar conocimientos de valenciano tras la superación
de las pruebas selectivas de la forma indicada en el apartado anterior, deberán realizar el
ejercicio específico que se convoque y, caso de no superarlo, asistir a los cursos de
perfeccionamiento que a este fin se organicen.
10.4 En la Universitat Politècnica de València estos cursos serán convocados por el
órgano competente, en el plazo de un año desde la toma de posesión, siendo obligatoria
la participación de los mismos en tanto no se obtenga el nivel de conocimiento de
valenciano previsto en el apartado 2 de este artículo.
11.
Presentación de documentos
11.1 Una vez finalizado el proceso selectivo, se publicarán en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana», la lista definitiva con el nombre de las personas aprobadas con
la puntuación obtenida. En el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente
a esta publicación, las personas propuestas deberán presentar en el Servicio de Gestión
de Personal de esta Universitat Politècnica de València los siguientes documentos:
a) Salvo que conste en el expediente personal, original y fotocopia para su cotejo o
copia electrónica o fotocopia compulsada de del título académico exigible según la
presente convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá adjuntarse la credencial que acredite su homologación.
b) Salvo que conste en el expediente personal, original y fotocopia para su cotejo o
copia electrónica o fotocopia compulsada de de los documentos acreditativos de los
requisitos o especialidades, en el caso, de que éstos figuren en la presente convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado,
considerándose a estos efectos válidos lo siguiente:
Certificado de vigilancia del estado de salud del último reconocimiento médico
realizado en dicha Universitat, vigente a fecha de finalización del plazo de presentación
de documentación o en caso contrario el certificado médico oficial acreditativo.
d) Las personas aspirantes con diversidad funcional, deberán presentar original y
fotocopia para su cotejo o copia electrónica o fotocopia compulsada de la certificación de
la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas u órganos competentes de otras
Administraciones Públicas, que acredite discapacidad igual o superior al treinta y tres por
ciento, así como su capacidad para desempeñar las funciones que correspondan a las
vacantes ofertadas.
No obstante lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a exigir
una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por el
tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarde relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.
11.2 Las personas aspirantes seleccionadas que dentro del plazo establecido en el
punto anterior, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación
acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombradas personal funcionario de carrera, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
11.3 Con la finalidad de asegurar la cobertura de las vacantes convocadas, cuando se
produzcan renuncias, falta de acreditación de los requisitos exigidos en la convocatoria para
cve: BOE-A-2023-25863
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Núm. 303