II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Destinos. (BOE-A-2023-25806)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
25806

Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia
de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y
Deportes, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno
promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden
JUS/242/2022, de 24 de marzo.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005,
de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de
Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en
anexo I al personal funcionario del cuerpo de tramitación procesal y administrativa (turno
promoción interna), nombrados funcionarios/as de carrera del cuerpo de tramitación procesal y
administrativa por Orden de 27 de noviembre de 2023 teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Al personal funcionario del cuerpo de tramitación procesal y administrativa, al que se
le otorga destino en esta resolución, deberá tomar posesión de su cargo en el
correspondiente departamento/delegación territorial de la Vicepresidencia Primera y
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes dentro del plazo de veinte días hábiles
contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial
del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en
el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común
de las administraciones públicas.
Segundo.

Tercero.
En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el cuerpo de tramitación
procesal y administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para
efectuar la toma de posesión, podrá solicitar de la gerencia territorial, o del órgano
competente de la comunidad autónoma correspondiente a su destino como funcionario/a del
cuerpo de auxilio judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de
dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares,

cve: BOE-A-2023-25806
Verificable en https://www.boe.es

Al personal funcionario destinado en virtud de esta resolución y que opte por
continuar en activo en el cuerpo de auxilio judicial, no será necesario que se desplace a
tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de
toma de posesión señalado en el apartado primero, comunique, en su caso, a la
gerencia territorial correspondiente o al órgano competente de las comunidades
autónomas con traspasos recibidos, dicha opción, a los efectos de declaración de
excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del poder judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de
excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección
General de Medios Personales de la Administración de Justicia.