II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Destinos. (BOE-A-2023-25779)
Orden PJC/1354/2023, de 27 de noviembre, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo, en el ámbito del Ministerio de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023

Sec. II.A. Pág. 168179

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
25779

Orden PJC/1354/2023, de 27 de noviembre, por la que se otorga destino al
personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de
la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso
selectivo convocado por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo, en el ámbito
del Ministerio de Justicia.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo
de Tramitación Procesal y Administrativa (turno promoción interna), nombrados
funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por
Orden de 27 de noviembre de 2023 teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al que
se le otorga destino en esta orden, deberá tomar posesión de su cargo ante el
responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles
contados desde el siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del
Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el
artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación
en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por
cuadruplicado ejemplar, previamente por la Gerencia Territorial que corresponda.

Al personal funcionario destinados en virtud de esta orden y que opte por continuar
en activo en el Cuerpo de Auxilio Judicial, no será necesario que se desplace a tomar
posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma
de posesión señalado en el apartado primero, comunique, en su caso, a la Gerencia
Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con
traspasos recibidos, dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria
prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Copia de la resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria
será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios
Personales de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus
servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar de la Gerencia Territorial

cve: BOE-A-2023-25779
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Segundo.