II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25707)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Universidad de Vigo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 19 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 167394

5.2 Salvo petición expresa de la presidencia y debidamente autorizada, cada
comisión tendrá su sede y actuará en el centro en el que tenga su sede el departamento
al que está adscrita la plaza convocada.
5.3 Las comisiones deberán constituirse en el plazo de un mes desde la publicación
de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Transcurrido el plazo sin que
se hubiera constituido la comisión correspondiente, el Rector procederá a la sustitución
de la persona que ejerza la presidencia titular.
La constitución de cada comisión exigirá la asistencia de cinco de sus miembros,
titulares o suplentes en su caso. La presidencia, una vez realizadas las consultas
pertinentes con los restantes miembros, convocará a quien sea miembro titular y, en su
caso, suplente, con una antelación mínima de diez días hábiles, fijando lugar, fecha y
hora para proceder al acto de constitución de la comisión. Los miembros titulares serán
substituidos por sus respectivos suplentes, en primer lugar, o por orden correlativa.
En el acto de constitución la comisión establecerá los criterios de valoración del
concurso adecuados al perfil de cada plaza y los hará públicos en el tablón de anuncios
de la sede electrónica de la Universidad de Vigo y en el del lugar donde vayan a
celebrarse las pruebas, antes del acto de presentación de candidatos y candidatas.
5.4 Una vez constituida la comisión, en caso de ausencia de la persona que ejerza
la presidencia, esta será substituida por el catedrático o catedrática de universidad con
mayor antigüedad que tenga reconocidos, por lo menos, dos tramos de investigación.
5.5 Para que la comisión pueda actuar válidamente se requerirá la asistencia de,
por lo menos, tres de sus miembros entre los que figurarán obligatoriamente las
personas que ocupen la presidencia y la secretaría. Los miembros de la comisión que
estuviesen ausentes de la prueba cesarán en tal condición, sin perjuicio de las
responsabilidades en que pudiesen haber incurrido.
5.6 A la secretaría de cada comisión le corresponderán las actuaciones
administrativas y la gestión económica propias de la comisión, auxiliada por el personal
de administración y servicios del departamento al que esté adscrita la plaza.
5.7 Durante el desarrollo del concurso la comisión resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que proceda en los casos no
previstos en ellas. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en
la LPACAP y la LRJSP.
5.8 Los concursos se realizarán en las dependencias de la Universidad de Vigo,
físicas o virtuales, de acuerdo con lo que disponga la presidencia de la correspondiente
comisión, y se podrán celebrar de forma totalmente presencial, totalmente virtual o en
una modalidad mixta, con participantes presentes físicamente y otros a través de medios
telemáticos remotos. En el supuesto de emplear dichos medios telemáticos, quedará
reflejada en el acta tal circunstancia.
No obstante lo anterior, en los actos de presentación y de celebración de la prueba a
los que se refiere la base sexta, tanto las personas concursantes como los miembros de
las comisiones de acceso que pertenezcan a la Universidad de Vigo deberán acudir y
estar presentes en la dependencia física de la Universidad de Vigo que señale la
presidencia de la comisión.
Sexta. Acto de presentación y prueba.
6.1 La presidencia de la comisión convocará a quien participe en el concurso al
acto de presentación con una antelación mínima de diez días hábiles, indicando lugar y
hora del acto.
6.2 En el acto de presentación, que será público, quien sea concursante entregará
en cualquier soporte informático:
a) Su curriculum vitae, que deberá ajustarse al modelo que se adjunta como
anexo III, en el que detallará sus méritos, historial académico docente e investigador.
b) Su proyecto docente e investigador adecuado al perfil del concurso.

cve: BOE-A-2023-25707
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Núm. 302