III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-25710)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con el Museo Ny Carlsberg Glyptoteket de Copenhague, sobre colaboración en la organización de la exposición «Joaquín Sorolla. La luz en movimiento».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Martes 19 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 167437
Tercera. Compromisos de la AECID.
La AECID colaborará asumiendo parte de los gastos necesarios para poder llevar a
cabo las actividades objeto del convenio, a saber, el montaje y desmontaje, la
supervisión y el mantenimiento. La Gliptoteca ha enviado a la AECID un presupuesto
completo en el que se detallan y desglosan los gastos en que incurrirá para el correcto
desarrollo del proyecto y, sobre la base de dicho presupuesto, la AECID aportará el
importe total máximo establecido en la cláusula cuarta del presente convenio.
Cuarta. Financiación.
La Gliptoteca se compromete a asumir, con recursos propios, los siguientes costes
en especie, estimados en un total máximo de 75.000 euros (setenta y cinco mil euros) en
relación con los conceptos incluidos en la cláusula segunda del presente convenio y, en
particular, con:
– La cesión del espacio expositivo.
– Comunicación y promoción de la exposición en el sitio web de la Gliptoteca, en su
boletín y redes sociales, tal y como se recoge en la cláusula segunda del presente
convenio.
– Organización de visitas y actividades en el contexto de la exposición.
La AECID se compromete a satisfacer la cantidad total máxima de 108.000 euros
(ciento ocho mil euros), incluidos todos los impuestos aplicables, en el ejercicio 2023,
aplicación presupuestaria: 12.302.144A-227.06.
La financiación cubrirá parte de los gastos incluidos en la cláusula segunda del
presente convenio y en particular, los siguientes:
– Vaciado, limpieza, pintura e iluminación de las salas de exposición para el montaje.
– Control de temperatura y humedad durante la exposición, protección contra la luz
solar, aislante adicional y gastos conexos.
– Personal técnico para la manipulación, montaje, desmontaje y registro de las obras
de arte.
– Diseño de la exposición, diseñador de la exposición, carteles, cartelas y
banderolas y producción de señalización y material gráfico de la exposición.
– Revisión lingüística del contenido en danés.
– Personal de coordinación y administración del museo.
– Limpieza, pintura y reinstalación del espacio expositivo a su estado previo una vez
clausurada la exposición.
Pagos: el importe se abonará en dos plazos.
– Información sobre las labores de acondicionamiento llevadas a cabo para cumplir
con las condiciones ambientales y de iluminación exigidas en la cláusula segunda.
– El plan de montaje de la exposición.
– Plan de emergencia y respuesta ante desastres específico para la exposición (con
indicación precisa de los procedimientos, los responsables, etc.).
– Copias de las facturas costeadas hasta el momento por la Gliptoteca que se
abonarán con cargo a la aportación de la AECID y correspondientes a las actividades
previstas en las partidas anteriormente indicadas, siempre y cuando alcancen el 50 %
anteriormente indicado del importe total financiado por la AECID.
cve: BOE-A-2023-25710
Verificable en https://www.boe.es
Primer plazo: 10 de noviembre de 2023.
El 50 % del importe total máximo se abonará a la entrada en vigor del presente
convenio, previa presentación por la Gliptoteca de una nota de adeudo junto con un
informe justificativo que incluya:
Núm. 302
Martes 19 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 167437
Tercera. Compromisos de la AECID.
La AECID colaborará asumiendo parte de los gastos necesarios para poder llevar a
cabo las actividades objeto del convenio, a saber, el montaje y desmontaje, la
supervisión y el mantenimiento. La Gliptoteca ha enviado a la AECID un presupuesto
completo en el que se detallan y desglosan los gastos en que incurrirá para el correcto
desarrollo del proyecto y, sobre la base de dicho presupuesto, la AECID aportará el
importe total máximo establecido en la cláusula cuarta del presente convenio.
Cuarta. Financiación.
La Gliptoteca se compromete a asumir, con recursos propios, los siguientes costes
en especie, estimados en un total máximo de 75.000 euros (setenta y cinco mil euros) en
relación con los conceptos incluidos en la cláusula segunda del presente convenio y, en
particular, con:
– La cesión del espacio expositivo.
– Comunicación y promoción de la exposición en el sitio web de la Gliptoteca, en su
boletín y redes sociales, tal y como se recoge en la cláusula segunda del presente
convenio.
– Organización de visitas y actividades en el contexto de la exposición.
La AECID se compromete a satisfacer la cantidad total máxima de 108.000 euros
(ciento ocho mil euros), incluidos todos los impuestos aplicables, en el ejercicio 2023,
aplicación presupuestaria: 12.302.144A-227.06.
La financiación cubrirá parte de los gastos incluidos en la cláusula segunda del
presente convenio y en particular, los siguientes:
– Vaciado, limpieza, pintura e iluminación de las salas de exposición para el montaje.
– Control de temperatura y humedad durante la exposición, protección contra la luz
solar, aislante adicional y gastos conexos.
– Personal técnico para la manipulación, montaje, desmontaje y registro de las obras
de arte.
– Diseño de la exposición, diseñador de la exposición, carteles, cartelas y
banderolas y producción de señalización y material gráfico de la exposición.
– Revisión lingüística del contenido en danés.
– Personal de coordinación y administración del museo.
– Limpieza, pintura y reinstalación del espacio expositivo a su estado previo una vez
clausurada la exposición.
Pagos: el importe se abonará en dos plazos.
– Información sobre las labores de acondicionamiento llevadas a cabo para cumplir
con las condiciones ambientales y de iluminación exigidas en la cláusula segunda.
– El plan de montaje de la exposición.
– Plan de emergencia y respuesta ante desastres específico para la exposición (con
indicación precisa de los procedimientos, los responsables, etc.).
– Copias de las facturas costeadas hasta el momento por la Gliptoteca que se
abonarán con cargo a la aportación de la AECID y correspondientes a las actividades
previstas en las partidas anteriormente indicadas, siempre y cuando alcancen el 50 %
anteriormente indicado del importe total financiado por la AECID.
cve: BOE-A-2023-25710
Verificable en https://www.boe.es
Primer plazo: 10 de noviembre de 2023.
El 50 % del importe total máximo se abonará a la entrada en vigor del presente
convenio, previa presentación por la Gliptoteca de una nota de adeudo junto con un
informe justificativo que incluya: