II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25699)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 167291

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
de reposición en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la
citada resolución, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
6.3 No procederá devolución alguna de los derechos de admisión a pruebas en los
supuestos de exclusión por causa imputable a la persona interesada.
7.

Comisiones del concurso de acceso

7.1 La composición de la Comisión juzgadora correspondiente a cada concurso,
nombrada por Resolución de la Universidad de Alicante, de 4 de diciembre de 2023,
figura en el anexo III de esta convocatoria.
7.2 Los currículos de los miembros titulares se publicarán en la página web del
Servicio de Selección de Personal.
7.3 Las Comisiones juzgadoras deberán constituirse en el plazo máximo de tres
meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria del
concurso de acceso y deberán ajustarse en su funcionamiento a lo establecido en las
bases 6 y siguientes de la normativa de desarrollo de esta universidad.
7.4 Los miembros de las comisiones percibirán las gratificaciones por asistencias
fijadas en la Normativa interna de la Universidad de Alicante sobre indemnizaciones por
razón de servicio y en el Acuerdo de las cinco Universidades Públicas Valencianas sobre
indemnización por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios
aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, de 27 de julio de 2023.
8.

Desarrollo del concurso

8.1 Acto de constitución. Se podrá hacer de forma presencial o no presencial y la
comisión fijará los criterios específicos de valoración, que deberán ajustarse a los
criterios básicos establecidos en el artículo 142.2 del Estatuto de la Universidad de
Alicante y a los criterios generales recogidos en la base 7 de la Normativa de desarrollo
de esta universidad. Se publicarán con antelación al acto de presentación en sede
electrónica y, si la constitución ha sido de forma presencial, se publicarán también en el
tablón de anuncios de los locales donde se haya constituido y desarrolle sus actuaciones
la comisión.
8.2 Presentación. Con carácter previo al acto de presentación, conforme a lo
indicado en la resolución por la que se publica la convocatoria a dicho acto, el personal
aspirante adjuntará a través de sede electrónica, accediendo a su expediente, en
cualquiera de los formatos jpg, pdf, doc o docx, la siguiente documentación:

En el acto de presentación, que será público, la presidencia de la comisión accederá
a la documentación que ha sido previamente aportada de manera telemática.
Si este acto se realiza de forma presencial, el personal aspirante entregará también su
historial académico, docente e investigador por quintuplicado, junto con un ejemplar de las
publicaciones y documentos acreditativos de los méritos aducidos y, también por
quintuplicado, el proyecto docente e investigador. El currículum habrá de ajustarse al modelo
que figura en el anexo II de la presente convocatoria o al curriculum vitae normalizado (CVN).

cve: BOE-A-2023-25699
Verificable en https://www.boe.es

– Copia digital del curriculum, de acuerdo con el modelo que se incluye en la
convocatoria (anexo II) o con el curriculum vitae normalizado (CVN).
– Copia digital de la documentación que acredite, fehacientemente, los méritos
alegados en él. Sólo se valorarán los méritos cumplidos en la fecha en que finaliza el
plazo de presentación de solicitudes.
– Copia digital del proyecto docente e investigador.