III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-25737)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Stigma, SL, autorización administrativa previa para el Parque Eólico Stigma, de 49 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Gurrea de Gállego (Huesca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 19 de diciembre de 2023

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las instalaciones eólicas Stigma y Proxima Centauri (que queda fuera del alcance del
presente expediente), en la subestación Isona 220 kV. En este mismo acuerdo, Energía
Inagotable de Stigma, SL, firma con otros promotores, el uso compartido de
infraestructuras de evacuación para la evacuación conjunta y coordinada de la
instalación eólica Stigma y las instalaciones respectivas del resto de promotores tanto en
la subestación Isona 220 kV como en la subestación Isona 400 kV, según corresponda.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Cuatro líneas subterráneas de media tensión a 30 kV desde el parque eólico
Stigma hasta la SET Valsalada 220 kV.
– La subestación SET Valsalada 220 kV (recogida en el expediente PEol-526).
– Línea aérea de alta tensión (LAAT) a 220 kV desde la subestación SET
Valsalada 220 kV hasta la subestación SET Laluenga I2 (recogida en el expediente
PEol-526).
– La subestación SET Laluenga I2 (recogida en el expediente PEol-526).
– Línea aérea de alta tensión (LAAT) a 400 kV desde la subestación SET Laluenga
I2 hasta la subestación SET Promotores Isona 400/220 kV (recogida en el expediente
PEol-526).
– La subestación SET Promotores Isona 400/220 kV (recogida en el expediente
PEol-526).
– Línea aérea de alta tensión (LAAT) a 220 kV desde la subestación SET
Promotores Isona 400/220 kV hasta la subestación SET Isona 220 kV (recogida en el
expediente PEol-526).
– La subestación SET Isona 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU,
que se encuentra en servicio.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo favorablemente y aportando documentación.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas
actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su
autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y
mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones
medioambientales exigibles.
Esta Dirección General, con fecha 15 de noviembre de 2023, acordó anular el
acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización
administrativa previa de los parques eólicos «Proxima Centauri» y «Stigma» y sus
infraestructuras de evacuación, ubicados en la provincia de Huesca, con código de
expediente asociado Peol-683 AC.
La citada autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin

cve: BOE-A-2023-25737
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Núm. 302