III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25733)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Vega del Segura", de 73,50 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Alicante».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 19 de diciembre de 2023

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de 50 Hz, el límite establecido es de 100 microteslas (100 μT) en las proximidades. El
EsIA analiza las distintas fuentes emisoras de campo magnético en la planta fotovoltaica,
indicando el máximo valor de campo magnético (a 50 Hz) emitidos en el exterior de la
misma. El centro de transformación está alejado de edificios y zonas de pasos
habitualmente transitadas y/o habitadas, por lo que se considera que estos niveles no
son peligrosos para las personas.
En cuanto al cambio climático, la Dirección General de Salud Pública y Adiciones de
la Generalitat Valenciana indica que en el programa de vigilancia ambiental el promotor
no contempla un sistema de mantenimiento y control del gas hexafluoruro de azufre
(SF6), que es un gas con elevado Potencial de Calentamiento Atmosférico y, por tanto,
podría repercutir negativamente en la salud pública. A este respecto, el promotor en su
contestación detalla el mantenimiento y las medidas preventivas que se llevarán a cabo
para minimizar su impacto.
La Dirección General de Salud Pública y Adiciones de la Generalitat Valenciana
informa que en la ubicación de la PSFV Vega del Segura no se han valorado
construcciones aisladas con viales de acceso diferenciados dentro de la instalación y
rodeadas de placas solares. Continua a este respecto, que es necesario evaluar si estas
construcciones están habitadas, la vulnerabilidad de las personas que las ocupan y el
alcance de las posibles afecciones sobre su salud. En relación a esto, el promotor
responde que dichas construcciones no son edificios habitables ni forman parte de
núcleos de población, pero la Dirección General de Salud Pública y Adiciones de la
Generalitat Valenciana concluye que no se han evaluado urbanizaciones cercanas con
algunas viviendas situadas a menos de 100 m de la instalación, por lo que es necesario
y relevante identificarlos y caracterizarlos con el fin de poder valorar los posibles
impactos sobre la salud de sus ocupantes por la intrusión visual, el ruido o los campos
electromagnéticos. El promotor informa que toma conocimiento de lo expuesto en el
informe de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Generalitat
Valenciana, y dará cumplimiento a los requerimientos normativos en cuanto a distancias
y diseñará sus instalaciones de manera que se cumpla con la normativa vigente.
– Efectos sinérgicos y acumulativos. Para evaluar la afección sinérgica que implica
el desarrollo de proyectos de energías renovables en esta área, se ha realizado un
estudio de los impactos ambientales en un radio de 10 km alrededor de la PSFV Vega
del Segura, revelando que varios proyectos fotovoltaicos están actualmente en proceso
de tramitación en esta región.
La acumulación o concentración de proyectos similares cercanos a la zona de
estudio, requiere que se analicen de forma pormenorizada los factores que se verán más
afectados por la extensión de terreno, como por ejemplo la fauna. Las principales
afecciones a este factor se refieren a un aumento en la ocupación de terrenos, lo que
puede resultar en la alteración o pérdida de hábitats, un aumento en la presencia de
elementos verticales no naturales, que pueden actuar como barreras para la fauna, y una
mayor probabilidad de incidentes, incluyendo molestias y mortalidad, como resultado de
la operación de los proyectos de energías renovables. Sin embargo, el promotor sugiere
que las instalaciones fotovoltaicas podrían crear nuevas áreas de refugio para especies
con requerimientos más especializados, a pesar de que se espera una presencia
predominante de fauna generalista debido a la antropización del entorno, la intensa
actividad agrícola y otros usos del suelo. Además, aunque no se prevé un impacto
significativo en el suelo, se anticipa la pérdida de varias hectáreas destinadas a
actividades agropecuarias, así como áreas forestales.
Otro factor que se verá afectado es la alteración del paisaje debido a las
modificaciones visuales en el entorno. Sin embargo, el promotor argumenta que la
elevada presencia de infraestructuras existentes, como líneas eléctricas, carreteras,
edificaciones diversas, cultivos y otras infraestructuras de origen humano, ya ha
modificado sustancialmente el paisaje circundante, integrando el proyecto en el territorio,
además de señalar que las diferentes infraestructuras apantallarán parte de la instalación
fotovoltaica.

cve: BOE-A-2023-25733
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Núm. 302