III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25732)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Medidas para la protección y recuperación del tramo de costa comprendido entre el puerto de Benicarló y Vinarós (Castellón)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

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La Confederación Hidrográfica del Júcar del MITECO, cuestiona la necesidad del
espigón que se sitúa en el margen sur del cauce de la Rambla Cervera, sobre la base de
que podría ser suficiente el apoyo que proporciona el dique de levante del puerto de
Benicarló. Por otro lado, se analiza la posición del espigón que apoya la playa al norte de
la rambla de Cervera, cuestionándose el modo en que la difracción del oleaje afectará a
la acumulación de sedimentos en la desembocadura del cauce, por lo que propone
desplazarlo hacia el norte.
El promotor acepta la alegación, pasando a convertirse en la solución adoptada para
el proyecto (Alternativa C-10). De tal forma, se prescinde de la estructura sur y se
desplaza ligeramente la estructura norte, conservándose la morfología deltaica de la
desembocadura.
La Dirección General del Agua de la Generalitat Valenciana, propone una serie de
condiciones que deberán tenerse en cuenta en la ejecución del proyecto y que se
refieren al mantenimiento del desagüe de las golas (Barranco Cervera), realización del
perfil de playa antes de la temporada de baño para comprobar que ésta no ha sufrido
regresión; comunicación del inicio de los trabajos, excluyendo la temporada de baños; y
adopción de las medidas necesarias para que las obras no afecten al emisario
submarino de Benicarlo ni a su aliviadero.
El promotor responde que puede ser contrario al fin que se busca fijar periodos de
exclusión total de trabajo. Básicamente las obras consisten en la construcción de
estructuras marítimas de contención y en la aportación y/o recolocación de material de
relleno de las celdas y no deben ser interrumpidas en su desarrollo constructivo, sin
consecuencias negativas para el propio uso de la playa. Considera más efectivo fijar la
exclusión de aquellos trabajos que realmente interfieran con el uso de la playa y pueden
ordenarse los trabajos de ejecución de la obra de tal modo que una celda quede cerrada
al baño durante un tiempo limitado, sin perjuicio para el uso público de las playas del
término municipal en general.
Las medidas propuestas que no han sido asumidas parcial o totalmente por el
promotor quedan recogidas en el condicionado de la presente resolución.
Dinámica litoral.

El promotor indica que la zona de actuación se ubica aguas abajo del Delta del Rio
Ebro, lo que provoca que el tramo de costa de estudio se encuentre protegido frente a
los oleajes procedentes del Norte. Ello provoca que exista una pequeña franja litoral en
la que el transporte sedimentario tenga un sentido Norte-Sur, aunque en temporales de E
y ENE puede existir transporte en sentido Sur.
El EsIA determina las tasas de transporte de sedimentos y analiza la evolución del
fondo marino, suponiendo que las condiciones hidrodinámicas se mantienen
estacionarias. Finalmente, mediante el análisis local de resultados se establecen los
parámetros que rigen la dinámica litoral de la zona. Según los resultados, las tasas de
transporte neto rondan los 35.000 m3 anuales y según la orientación de la costa cercana
a 95.º, por lo que no se mantiene el equilibrio.
Se han considerado impactos negativos, aquellos que producen un cambio en la
hidrodinámica y la erosión derivada de las actividades de obra, habiéndose valorado como
moderados. Mientras que la modificación del perfil de playa y de la forma en planta, así
como la protección costera derivada de las obras realizadas se consideran impactos
positivos, actuando de forma muy favorable para el entorno de la zona de actuación.
El EsIA concluye que el efecto ejercido por las estructuras de defensa proyectadas
sobre el transporte de sedimentos y la estabilización de la playa comenzará en la fase de
construcción del proyecto y se manifestará a largo plazo durante toda la vida útil de las
mismas. Del mismo modo, la protección de la costa brindada por la nueva playa
regenerada proporcionará reguardo a la fachada marítima situada en su trasdós.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO informa
que, de acuerdo con el estudio de la dinámica del litoral, la playa sobre la que se
proyectan las actuaciones no se encuentra en equilibrio dinámico a largo plazo, ya que

cve: BOE-A-2023-25732
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