III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Enseñanzas deportivas. (BOE-A-2023-25729)
Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento a determinadas formaciones deportivas federativas impartidas por la Real Federación Española de Baloncesto y las Federaciones territoriales entre 1999 y 2007.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Presidencia del Consejo
Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento a determinadas
formaciones deportivas federativas impartidas por la Real Federación
Española de Baloncesto y las Federaciones territoriales entre 1999 y 2007.

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación
general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, desarrolla el capítulo VIII de
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación referido a las enseñanzas
deportivas. En su disposición transitoria quinta otorga al Ministerio de Educación la
posibilidad de regular el procedimiento de reconocimiento de las formaciones realizadas
con carácter meramente federativo entre la entrada en vigor de la Orden de 5 de julio
de 1999 por la que se completan los aspectos curriculares y los requisitos generales de
las formaciones en materia deportiva a las que se refiere la disposición transitoria
primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre y la entrada en vigor del propio
real decreto.
Las enseñanzas de grado medio y grado superior de baloncesto fueron implantadas
mediante el Real Decreto 980/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de
Técnico Deportivo en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso
y el Real Decreto 982/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de
Técnico Deportivo Superior en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos
de acceso.
Con el fin de determinar el procedimiento que permita que aquellos entrenadores
formados con carácter meramente federativo en baloncesto puedan obtener los efectos
académicos previstos para las enseñanzas oficiales e incorporarse a dichas enseñanzas
para completar su formación, el Ministerio de Educación y Formación Profesional publicó
la Orden EFP/1299/2022, de 21 de diciembre, por la que se establece el procedimiento
de reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos en las modalidades de
atletismo, baloncesto, balonmano, judo y vela, con carácter federativo, realizadas entre
el 15 de julio de 1999 y el 9 de noviembre de 2007, fechas en las que entraron en vigor,
respectivamente, la Orden de 5 de julio de 1999 y el Real Decreto 1363/2007, de 24 de
octubre.
El artículo 5 de la citada orden establece dos fases en el procedimiento. Una primera
fase donde se determinan las formaciones con las que se puede optar al reconocimiento
y una segunda donde se obtiene el efecto individual que recoge la propia orden. Al
mismo tiempo el artículo 6.2 de la citada orden establece que corresponderá al Consejo
Superior de Deportes determinar el reconocimiento de las formaciones que reúnen los
requisitos establecidos.
En aplicación de la primera fase, la Real Federación Española de Baloncesto
presentó ante el Consejo Superior de Deportes la solicitud de reconocimiento de las
formaciones federativas que por si misma, o por las federaciones autonómicas en ella
integradas, llevaron a cabo en baloncesto desde el 15 de julio de 1999 hasta el 8 de
noviembre de 2007.

cve: BOE-A-2023-25729
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