III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-25731)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, para la ejecución de los Planes de Seguros Agrarios Combinados en el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 167607

EXPONEN
Primero.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 13.6 y 49.2.c) del Reglamento para
aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados
aprobado por el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, se firmó el 9 de mayo
de 2023, un Convenio entre ENESA y AGROSEGURO para la ejecución de los Panes de
Seguros Agrarios Combinados en el ejercicio presupuestario 2023.
Que dicho Convenio tiene por objeto facilitar la ejecución del 44.º Plan de Seguros
Agrarios Combinados, definir el procedimiento para la liquidación de las subvenciones
aplicadas en virtud del citado Plan y anteriores, así como la regulación de otros ámbitos
de cooperación entre ambas entidades.
Segundo.
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, establece como ampliable el crédito vinculado a la partida
presupuestaria 21.102.416A.471. «Plan Anual de Seguros Agrarios y liquidación de
Planes anteriores», a efectos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 47/2003, de 26
de noviembre, General Presupuestaria.
Tercero.
La cláusula vigésima del Convenio establece que, del mismo, se deriva para ENESA
un límite máximo de gasto en el ejercicio 2023 coincidente con la dotación para la partida
presupuestaria 21.102.416A.471, «Plan Anual de Seguros Agrarios y liquidación de
Planes anteriores», cuya dotación inicial es de 317.735.350 euros.
Cuarto.
La misma cláusula vigésima del Convenio prevé que dicho límite máximo de gasto en
el ejercicio 2023 podrá verse incrementado una vez aprobada la ampliación de crédito
para la partida 21.102.416A.471, «Plan Anual de Seguros Agrarios y liquidación de
Planes anteriores» y formalizada la correspondiente Adenda al Convenio, previo
cumplimiento de todos los trámites y requisitos que resulten preceptivos de conformidad
con las disposiciones que resulten de aplicación.

El Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes
en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las
condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las
condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público
colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en
episodios de elevadas temperaturas, establece en su artículo 2 las «Medidas de apoyo a
través del seguro agrario» recogiendo en su apartado 3 que «El importe máximo
destinado a las ayudas anteriores, ascenderá a 40.485,8 miles de euros, crédito que se
adicionará al presupuesto aprobado para el Cuadragésimo cuarto 44.º Plan de Seguros
Agrarios Combinados aprobado por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de
noviembre de 2022 (publicado por Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la
Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación)».
Sexto.
Con fecha 20 de junio de 2023 el Consejo de Ministros autorizó la suscripción de una
primera Adenda al Convenio, la cual fue firmada con fecha 27 de junio de 2023 e

cve: BOE-A-2023-25731
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Quinto.