I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Tributos. (BOE-A-2023-25632)
Ley 16/2023, de 16 de noviembre, de modificación del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos aprobado por Decreto-Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, en orden a la equiparación, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de las uniones de parejas no casadas reconocidas en los estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo.
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Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

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que, a tal efecto, se encuentren constituidos en cualquier Estado miembro de la
Unión Europea o perteneciente al Espacio Económico Europeo.
b) Que se encuentre anotada o mencionada en el Registro Civil competente,
cuando así lo exija la legislación de cualquier Estado miembro de la Unión
Europea o perteneciente al Espacio Económico Europeo.
c) Que no exista, entre las personas que la forman, relación de parentesco
en línea recta por consanguinidad o adopción, ni como colaterales por
consanguinidad o adopción hasta el segundo grado».
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de
Aragón».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la
cumplan, y a los tribunales y autoridades a los que corresponda, que la hagan cumplir.
Zaragoza, 16 de noviembre de 2023.–El Presidente de Aragón, Jorge Azcón
Navarro.

cve: BOE-A-2023-25632
Verificable en https://www.boe.es

(Publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» número 232, de 1 de diciembre de 2023)

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X