II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-25610)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Universidad de Oviedo, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Administrativos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDADES
25610

Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Universidad de Oviedo, por la
que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de
acceso libre, a la Escala de Administrativos.

Con el propósito de satisfacer las necesidades de personal de esta Universidad y en
ejecución de las ofertas de empleo público de la Universidad de Oviedo, aprobadas por
Acuerdos de Consejo de Gobierno de fechas 23 de diciembre de 2020, 23 de diciembre
de 2021 y 23 de diciembre de 2022, publicadas en el BOPA de fechas 30 de diciembre
de 2020, 29 de diciembre de 2021 y 30 de diciembre de 2022, tras haber sido
negociadas en la Mesa de Negociación del PAS funcionario, e informadas por la Junta de
Personal Funcionario no Docente, este Rector, en ejercicio de las competencias que le
atribuyen el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) del mismo texto legal, así como el
artículo 60 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto 12/2010, de 3
de febrero, del Principado de Asturias, resuelve convocar pruebas selectivas para el
ingreso en la Escala de Administrativos de la Universidad de Oviedo, Grupo C –
Subgrupo C1–, por el sistema general de acceso libre, con sujeción a las siguientes:
Bases de la convocatoria
Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de
acceso libre, a cuarenta plazas de la Escala de Administrativos de la Universidad de
Oviedo, Grupo C –Subgrupo C1-, por el sistema general de acceso libre.
De las cuarenta plazas se reservarán tres para ser cubiertas por personas con
discapacidad, dos para discapacidad general y una para discapacidad intelectual,
considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, y lo
establecido en el artículo 59 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las vacantes reservadas a personas con discapacidad intelectual, si quedaran desiertas
por no concurrir aspirantes con dicha condición, o por no haber obtenido la puntuación
mínima exigida para la superación de las correspondientes pruebas, se acumularán, en
primer lugar, a las que se ofrecen a personas con discapacidad general y, en último
término, a las que se ofrecen al resto de los aspirantes. Del mismo modo, las vacantes
reservadas a personas con discapacidad general, si quedaran desiertas por no concurrir
aspirantes con dicha condición, o por no haber obtenido la puntuación mínima exigida
para la superación de las correspondientes pruebas, se acumularán, en primer lugar, a
las que se ofrecen a personas con discapacidad intelectual y, en último término, a las
que se ofrecen al resto de los aspirantes.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la
Reforma de la Función Pública, en la medida que continúe vigente, la Ley 2/2023, de 15
de marzo, de Empleo Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se

cve: BOE-A-2023-25610
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