III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-25626)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Maat Servicios Integrales, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Río Seco, de 51 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en L'Alcora, Betxí y Onda (Castellón).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de diciembre de 2023

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– Se deben realizar estudios de modelización de los campos magnéticos generados
con el objetivo de valorar si puede haber impacto sobre la salud de la población en el
caso de que haya viviendas situadas a menos de 100 m de distancia de la LAT o de la
subestación. se cuantificarán los impactos acústicos generados por las obras y por el
funcionamiento de la PSFV, SE y LAT mediante el cálculo de índices de emisión e
inmisión de acuerdo con lo establecido en la normativa sectorial. Se estudiará la
contribución de la disipación de ozono por el efecto corona de las líneas de alta tensión,
teniendo en cuenta las proyecciones climáticas en los años de vida útil de este proyecto
y tener en cuenta las predicciones climáticas a la hora de programar actividades que
puedan generar polvo cerca de poblaciones. se adoptarán medidas para evitar el riesgo
de dispersión de Legionella por posible aerosolización. Deberá aportarse al órgano
competente de la Generalitat Valencia (condiciones 1.ii.4, 5 y 6).
– Se realizará una prospección botánica previa a las obras para identificar todos los
HIC y especies de flora protegida que existan en el lugar de actuación, además de
precisar la afección a vegetación natural. Las prospecciones se desarrollarán en épocas
propicias para la identificación los distintos taxones. Antes de comenzar las obras, se
llevará a cabo el replanteo de las instalaciones con la supervisión de los órganos
competentes en medio ambiente de la Generalitat Valenciana, según ubicación, para
garantizar la preservación de la vegetación natural, los HIC y los ejemplares de especies
de flora protegida. Se concretará la superficie de afección a HIC prioritarios y no
prioritarios y se consensuarán con el organismo competente de la Generalitat Valenciana
las medidas correctoras y/o compensatorias a desarrollar al respecto. En cualquier caso,
la afección a los HIC prioritarios y especies protegidas deberá evitarse (condición 1.ii.8).
– Se deberá elaborar un plan o programa de gestión de la vegetación durante la fase
de explotación, en los términos recogidos en la condición 1.ii.10). Deberá aportarse
informe favorable del organismo competente de la Generalitat Valenciana.
– Se crearán, o en su caso se preservarán, islas o manchas de vegetación arbustiva
distribuidas en mosaico dentro de las instalaciones (punto 1.ii.11).
– Se deberá establecer un calendario de ejecución de los trabajos condicionado a
los ciclos vitales de la fauna detectada en la zona, en los términos de la
condición 1.ii.14). Deberá aportarse informe favorable del organismo competente en
medio ambiente de la Generalitat Valenciana.
– Se presentará un plan completo de medidas compensatorias ante el organismo
competente de la Generalitat Valenciana y ante el órgano sustantivo (punto 1.ii.16).
– Se mantendrán los majanos de piedras y otras estructuras similares existentes,
incluidas las lineales como ribazos y lindes. Se deberán crear islas de paneles solares de
superficie no superior a 10 ha y se dispondrán corredores de vegetación entre las
mismas que permitan crear un espacio en mosaico que favorezca la circulación de la
fauna y el mantenimiento de un ecosistema naturalizado (puntos 1.ii.17 y 18).
– Será necesario mantener toda la red de vaguadas y arroyos estacionales o
permanentes con una zona de reserva para recibir y encauzar las escorrentías y evacuar
eventuales inundaciones (condición 1.ii.28).
– Se preservarán los elementos del paisaje, linderos, ribazos, pies aislados, que
pudiesen existir, así como aquellos otros elementos que pueden ayudar a mantener la
conectividad territorial (condición 1.ii.33).
– Se elaborará un plan de restauración paisajística, en los términos de la
condición 1.ii.35) con informe favorable de los organismos competentes de la Generalitat
Valenciana.
– Se estará a lo dispuesto por el organismo competente en patrimonio cultural de la
Generalitat Valenciana con respecto al nuevo diseño de la LAT, en particular en el
distanciamiento al BIC Torrelló de Onda (condición 1.ii.38).
– El diseño del vallado, los accesos, el cruzamiento de línea y los demás trabajos y
actuaciones que afecten a las vías pecuarias contará con informe favorable del
organismo competente de la Generalitat Valenciana. No se instalará ningún soporte en el
cruzamiento de la LAT con la Vía Augusta en Bechí (condiciones 1.ii.39 y 40).

cve: BOE-A-2023-25626
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Núm. 301