III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-25626)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Maat Servicios Integrales, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Río Seco, de 51 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en L'Alcora, Betxí y Onda (Castellón).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de diciembre de 2023

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aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
La citada DIA ha tomado en consideración las modificaciones del proyecto que se
han producido atendiendo a los requerimientos expuestos en los informes de la Dirección
General de Gestión del Medio Natural y Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana durante la tramitación del proyecto e incluidas en la documentación adicional
aportada a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental en fecha 28 de julio
de 2023 y a esta Dirección General con fecha 2 de noviembre de 2023. Las principales
modificaciones introducidas en el proyecto son las siguientes:
– Exclusión de las áreas de terreno calificadas como forestal común, a excepción de
la parte noreste del proyecto, donde el riesgo de erosión potencial es moderado.
– Modificación del trazado de la línea de evacuación de 220 kV siguiendo los
«corredores de localización de infraestructuras» y ajustándose a las directrices del Plan
de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Sierra de Espadán y al BIC
Torelló de Onda.
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al
artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que
puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición
del proyecto se atenderá, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y
medidas dispuestas en la DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a
tal efecto:
– Se llevarán a cabo las siguientes modificaciones en el proyecto de acuerdo a la
condición 1.i.1 de la DIA:
● Eliminación de las parcelas recogidas en el punto b. 2) de la DIA de acuerdo con
las indicaciones del organismo competente en medio ambiente de la Generalitat
Valenciana y según a las condiciones expresadas por dicho organismo que se recogen
en la DIA y su condicionado.
El diseño final de la implantación deberá presentarse ante el organismo competente en
medio ambiente de la Generalitat Valenciana y tenerse en cuenta sus indicaciones. La
implantación deberá realizarse dentro de las poligonales inicialmente previstas y que han sido
objeto de información pública, sobre las que se realizarán las pertinentes exclusiones. No
podrán ocuparse nuevas parcelas fuera de los límites de dichas poligonales.
● Modificación del trazado de la línea de 220 kV entre subestación Isal 30/220 kV y
la subestación colectora Bechí 220 kV (centro de seccionamiento), de acuerdo con las
indicaciones de los organismos competentes de la Generalitat Valenciana.
○ Tramo 1: se ha ajustado un apoyo para evitar su ubicación en terreno forestal.
○ Tramo 2: dentro del PORN del Parque Natural Sierra de Espadán, en zona Área
de Influencia Antrópica (AIA). Se realiza se continúa en paralelo con la CV-21 y otras
carreteras asfaltadas, siguiendo los «corredores de localización de infraestructuras».
○ Tramo 3: Cruzamiento del Área Natural (AN) del PORN sin introducción de ningún
apoyo. Una vez que se cruza el AN, se continua el trazado en paralelo con la red viaria
local a través de sus carreteras asfaltadas hasta llegar el cruce del polígono industrial de
Onda.
○ Tramo 4: trazado subterráneo en el polígono de Onda, igual al previsto
inicialmente.
○ Tramo 5: Sigue el trazado paralelo a la red viaria local, coincidente con el límite del
PORN hasta llegar a la SE Colectora Bechí 220 kV.
El diseño final de la línea de evacuación deberá presentarse ante los organismos
competentes en medio ambiente y ordenación del territorio de la Generalitat Valenciana,
además de ante el órgano sustantivo.

cve: BOE-A-2023-25626
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Núm. 301