II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-25605)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, a la categoría de Operador/a.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 166773

Todos aquellos certificados susceptibles de equivalencia, deberán ser tramitados por
la persona interesada, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias de
esta convocatoria.
En caso de estar en posesión de certificados de dos o más niveles, de un mismo
idioma, se valorará únicamente el certificado de mayor nivel:
En aquellos supuestos en que figure como requisito específico para su acceso un
determinado nivel de conocimiento de alguno de estos idiomas únicamente serán
considerados los certificados de un nivel superior a éste.
5.2

Impartición de cursos de formación y perfeccionamiento:

Se valorarán hasta un máximo de 1,5 puntos únicamente los cursos de formación y
perfeccionamiento impartidos en centros oficialmente reconocidos, o si están
homologados por un organismo público competente en el marco de programas de
formación continua, de formación ocupacional o de formación de empleados públicos,
debiendo la persona aspirante acreditar tal extremo.
Se considerarán a estos efectos los cursos de formación continua impartidos por las
organizaciones sindicales y que se encuentren incluidos dentro de los respectivos
acuerdos con la Administración.
Por cada 25 horas de impartición se valorará con 0,75 puntos.
En este supuesto de cursos impartidos, éstos se valorarán por una sola vez, no
siendo susceptibles de ser valoradas sucesivas ediciones de un mismo curso o con el
mismo contenido, valorándose en este caso el curso impartido de mayor duración.
En ningún caso se puntuarán en el presente apartado los cursos de valenciano y de
idiomas, ni los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, cursos de doctorado y
los de diferentes institutos de las universidades cuando formen parte del plan de estudios
del centro, ni los cursos derivados de procesos selectivos, promoción interna, planes de
empleo y adaptación del régimen jurídico a la naturaleza de los puestos que se ocupan.
5.3

Cursos de formación y perfeccionamiento recibidos:

Núm. de horas

Puntuación total

De 10 a 14.

0,1

De 15 a 19.

0,3

De 20 a 29.

0,6

De 30 a 49.

0,9

De 50 a 74.

1,2

75 o más horas.

1,5

Sólo se valorarán estos cursos si han sido impartidos por centros oficialmente
reconocidos, o si están homologados por un organismo público competente en el marco
de programas de formación continua, de formación ocupacional o de formación de
empleados públicos, debiendo la persona aspirante acreditar tal extremo.

cve: BOE-A-2023-25605
Verificable en https://www.boe.es

Se valorarán hasta un máximo de 2 puntos únicamente los cursos de formación y
perfeccionamiento recibidos con el certificado de aprovechamiento que estén
relacionados directamente con las funciones de la categoría/escala objeto de la presente
convocatoria y que no tengan más de diez años, tomando como referencia la fecha de la
publicación en el DOGV de la convocatoria.
La valoración se efectuará conforme al siguiente baremo, sin que se consideren los
cursos hasta 9 horas y caso de que haya dos o más cursos con el mismo contenido, sólo
será considerado el de mayor duración: