II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-25605)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, a la categoría de Operador/a.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023
11.1.2

Sec. II.B. Pág. 166762

Personas aspirantes por el turno libre:

11.2 Las personas aspirantes seleccionadas que, dentro del plazo establecido en el
punto anterior, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación
acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombradas personal funcionario de carrera, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
11.3 Quienes tengan la condición de personal al servicio de cualquier
Administración Pública estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

cve: BOE-A-2023-25605
Verificable en https://www.boe.es

a) Si ostenta nacionalidad española, copia electrónica o fotocopia del documento
nacional de identidad, y original para su cotejo.
Los nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y
trabajadoras, copia electrónica o fotocopia compulsada del pasaporte o de documento
válido acreditativo de su nacionalidad.
Los familiares de los anteriores, referidos en el artículo 57.2 del EBEP, además,
copia electrónica o fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de
parentesco y declaración jurada del ciudadano/a del país europeo al que afecta dicho
vínculo haciendo constar que dicho vínculo subsiste y no existe separación legal o, en su
caso, que la persona aspirante viva a sus expensas o esté a su cargo.
b) Original y fotocopia para su cotejo o copia electrónica o fotocopia compulsada
de: el título exigido en la presente convocatoria, o en su defecto, certificación académica
que acredite haber realizado todos los estudios equivalentes para su obtención, así
como abonado los derechos para la expedición del título correspondiente. La titulación
en el caso de haber sido obtenida en el extranjero y de la credencial que acredite su
homologación.
c) Original y fotocopia para su cotejo o copia electrónica o fotocopia compulsada
de: los documentos acreditativos de los requisitos o especialidades, en el caso, de que
éstos figuren en la presente convocatoria.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada mediante
expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado o
inhabilitada para el ejercicio de las funciones públicas. Las personas aspirantes cuya
nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no
estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el
acceso a la función pública.
e) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado,
considerándose a estos efectos válidos los que figuran a continuación:
En el caso de que tenga la condición de personal de la Universitat Politècnica de
València, deberá aportar certificado de vigilancia del estado de salud del último
reconocimiento médico realizado en dicha Universitat, vigente a fecha de finalización del
plazo de presentación de documentación o en caso contrario el certificado médico oficial
acreditativo.
f) Las personas aspirantes con diversidad funcional, deberán presentar original y
fotocopia para su cotejo o copia electrónica o fotocopia compulsada de certificación de la
Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda u órganos competentes de otras
Administraciones Públicas, que acredite discapacidad igual o superior al treinta y tres por
ciento, así como su capacidad para desempeñar las funciones que correspondan a las
vacantes ofertadas.
No obstante lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a exigir
una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por el
tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarde relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.