II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25590)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, conjunta de la Universidad de Salamanca y la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 166559
6.3.2 Al comienzo de las pruebas los candidatos/-as entregarán al presidente de la
comisión cinco copias de los siguientes documentos:
(i) Su historial académico (docente, investigador y de gestión), así como un
ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de los méritos que hayan
hecho constar.
(ii) Un proyecto en el que se encuentren formulados sus planteamientos docentes e
investigadores.
En el caso de los concursos de acceso al cuerpo de PTU, entregarán cinco copias de
este tercer documento:
(iii) Un programa de una de las asignaturas fundamentales (troncales, obligatorias o
asimiladas a éstas) propias de la rama y área de conocimiento objeto de la plaza.
6.3.3 Para el acceso al cuerpo de catedráticos y catedráticas de universidad se
celebrarán dos pruebas:
a) Primera prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, del historial
académico (docente, investigador y de gestión) y, en su caso, asistencial del candidato o
candidata, así como de su proyecto docente e investigador.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar el paso
de los candidatos a la siguiente prueba; no pasarán a ella quienes no obtengan al menos
tres votos favorables.
b) Segunda prueba: Exposición, y posterior debate con la comisión, de una de
estas dos opciones, a elegir por el candidato/a: (i) de un trabajo original de investigación;
o (ii) de un proyecto de investigación, del cual el candidato o la candidata habrá de ser
investigador principal.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar a qué
persona o personas procede proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres
votos favorables.
6.3.4 Para el acceso al cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad
se celebrarán dos pruebas:
a) Primera prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, del historial
académico (docente, investigador y de gestión) y, en su caso, asistencial del candidato o
candidata, así como de su proyecto docente e investigador. Finalizada la prueba, la
comisión procederá a una votación para determinar a qué persona o personas procede
proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres votos favorables.
b) Segunda prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, de un
tema, lección, seminario, actividad práctica o tutoría del programa de la asignatura que
haya presentado previamente el candidato [apartado 3 de este artículo 6, documento
(iii)]; dicho tema, lección, seminario, actividad práctica o tutoría será elegido libremente
por cada candidato.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar a qué
persona o personas procede proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres
votos favorables.
6.3.5 Las decisiones de los miembros de la comisión de selección se acompañarán
de un informe en el que quede motivado el sentido del voto por medio de una valoración
individualizada de cada candidato/a.
6.3.6 Los concursos podrán resolverse con la no provisión de la plaza convocada,
cuando a juicio motivado de la comisión de selección los currículos o las exposiciones de
los/las aspirantes no se adecuen a las exigencias académicas fijadas y, por ende, nadie
obtenga el número de votos favorables necesario.
cve: BOE-A-2023-25590
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 301
Lunes 18 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 166559
6.3.2 Al comienzo de las pruebas los candidatos/-as entregarán al presidente de la
comisión cinco copias de los siguientes documentos:
(i) Su historial académico (docente, investigador y de gestión), así como un
ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de los méritos que hayan
hecho constar.
(ii) Un proyecto en el que se encuentren formulados sus planteamientos docentes e
investigadores.
En el caso de los concursos de acceso al cuerpo de PTU, entregarán cinco copias de
este tercer documento:
(iii) Un programa de una de las asignaturas fundamentales (troncales, obligatorias o
asimiladas a éstas) propias de la rama y área de conocimiento objeto de la plaza.
6.3.3 Para el acceso al cuerpo de catedráticos y catedráticas de universidad se
celebrarán dos pruebas:
a) Primera prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, del historial
académico (docente, investigador y de gestión) y, en su caso, asistencial del candidato o
candidata, así como de su proyecto docente e investigador.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar el paso
de los candidatos a la siguiente prueba; no pasarán a ella quienes no obtengan al menos
tres votos favorables.
b) Segunda prueba: Exposición, y posterior debate con la comisión, de una de
estas dos opciones, a elegir por el candidato/a: (i) de un trabajo original de investigación;
o (ii) de un proyecto de investigación, del cual el candidato o la candidata habrá de ser
investigador principal.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar a qué
persona o personas procede proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres
votos favorables.
6.3.4 Para el acceso al cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad
se celebrarán dos pruebas:
a) Primera prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, del historial
académico (docente, investigador y de gestión) y, en su caso, asistencial del candidato o
candidata, así como de su proyecto docente e investigador. Finalizada la prueba, la
comisión procederá a una votación para determinar a qué persona o personas procede
proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres votos favorables.
b) Segunda prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, de un
tema, lección, seminario, actividad práctica o tutoría del programa de la asignatura que
haya presentado previamente el candidato [apartado 3 de este artículo 6, documento
(iii)]; dicho tema, lección, seminario, actividad práctica o tutoría será elegido libremente
por cada candidato.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar a qué
persona o personas procede proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres
votos favorables.
6.3.5 Las decisiones de los miembros de la comisión de selección se acompañarán
de un informe en el que quede motivado el sentido del voto por medio de una valoración
individualizada de cada candidato/a.
6.3.6 Los concursos podrán resolverse con la no provisión de la plaza convocada,
cuando a juicio motivado de la comisión de selección los currículos o las exposiciones de
los/las aspirantes no se adecuen a las exigencias académicas fijadas y, por ende, nadie
obtenga el número de votos favorables necesario.
cve: BOE-A-2023-25590
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 301