II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo A2. (BOE-A-2023-25559)
Acuerdo de 13 de diciembre de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo en la Gerencia del Consejo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023
1.5

Sec. II.B. Pág. 166362

Méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Se valorarán los supuestos que a continuación se indican, hasta una puntuación
máxima de 1,80 puntos.
1.5.1 El destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria
pública, en el municipio donde radique el puesto de trabajo solicitado, siempre que se
acceda desde un municipio distinto: 0,90 puntos.
1.5.2 El cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o
acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que
se acredite por los interesados fehacientemente que el puesto que se solicita permite
una mejor atención del menor: 0,90 puntos.
1.5.3 El cuidado de un familiar, hasta segundo grado inclusive de consanguinidad o
afinidad, siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no
pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda
desde un municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los
interesados que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar: 0,9
puntos. La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado
de hijos.
II.

Segunda fase. Méritos específicos.

II.1 Méritos específicos adecuados a las características de las plazas convocadas.
Se valorarán los conocimientos y experiencia que se especifican en el anexo I (13
puntos).
II.2 Titulación. Las titulaciones académicas de contenido relacionado con las
funciones del puesto se valorarán con un máximo de 2,50 puntos en su conjunto,
siempre que tengan relación con las características del puesto convocado se valorarán
según el siguiente detalle:





Licenciatura o Grado: 2,00 puntos.
Diplomatura: 1,50 puntos.
Postgrado (>200 horas): 0,5 puntos.
Otras licenciaturas o grados: 0,5 puntos.

La comisión de valoración, a la vista de las certificaciones de los expedientes
académicos y demás justificantes que puedan presentar los aspirantes, podrá determinar
qué licenciaturas alcanzadas antes de la aplicación de los niveles del Marco Español de
Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), merecen la puntuación de grado y
la de máster a la vez o las graduará en función de los créditos contenidos en las mismas.
II.3 Memoria. Los concursantes presentarán obligatoriamente una memoria en la que:

Esta memoria se valorará, en esta fase de méritos específicos, hasta un máximo
de 3,00 puntos atendiendo a lo acertado de su contenido (hasta 0,90 puntos), claridad
expositiva (hasta 0,60 puntos), corrección sintáctica (hasta 0,60 puntos), estructuración
(hasta 0,60 puntos) y presentación visual (hasta 0,30 puntos).
No obstante, la memoria podría no ser puntuada si la comisión de valoración apreciara
graves defectos gramaticales u ortográficos o una redacción inapropiada o confusa.
II.4 Curriculum vitae. También se acompañará obligatoriamente, junto a la instancia,
un curriculum vitae en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales

cve: BOE-A-2023-25559
Verificable en https://www.boe.es

a) se describan brevemente las funciones del Consejo General del Poder Judicial,
b) se relacionen las competencias atribuidas al órgano técnico al que está adscrito
el puesto al que se concursa,
c) se formulen las consideraciones que se estimen pertinentes sobre su idoneidad
para llevar a cabo las tareas y cometidos del puesto de trabajo, poniendo en relación los
méritos específicos que recoge la convocatoria con sus competencias, habilidades y
trayectoria profesional.