III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-25536)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Farmacéuticos de Atención Primaria, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 para promover la mejora del conocimiento sobre el uso de los antimicrobianos en el ámbito de la atención primaria y establecer y validar indicadores de consumo de antibióticos antimicrobianos en atención primaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Sábado 16 de diciembre de 2023

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Décima. Comisión de seguimiento.
Se crea una Comisión de seguimiento, de carácter paritario, del presente convenio
que, además de resolver las posibles dudas que sobre interpretación puedan surgir
durante el desarrollo del convenio, vigilará y controlará las actividades descritas:
– Por parte de la AEMPS:
● La persona titular del puesto de la Jefatura de la Unidad de Apoyo o persona en
quien delegue que ejercerá la presidencia de la Comisión.
● La persona titular del puesto de Unidad de Coordinación del PRAN, o persona en
quien delegue que ejercerá la secretaría de la Comisión.
– Por parte de la Sociedad Española de Farmacéuticos de Atención Primaria:
● La persona titular del puesto de Presidente, o persona en quien delegue.
● La persona titular del puesto de Tesorero, o persona en quien delegue.
Se llevará a cabo al menos una reunión anual con Sociedad Española de
Farmacéuticos de Atención Primaria, para monitorizar el desarrollo de las actividades
recogidas en este convenio.
Se someterán a la Comisión de seguimiento las discrepancias que pudieran surgir en
la interpretación y cumplimiento del presente convenio.
La Comisión de seguimiento se reunirá siempre que lo estime conveniente cualquiera
de las partes firmantes.
Undécima.

Plazo de vigencia y efectos.

El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez sea publicado en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
No obstante, lo anterior, el periodo de elegibilidad del gasto se inicia desde el 1 de
diciembre de 2022 al 30 de noviembre de 2023.
Duodécima.

Naturaleza jurídica.

Y en prueba de conformidad de todo lo convenido las partes firman el presente
convenio en un único original electrónico, considerándose como fecha de formalización
la de la última firma.–Por la AEMPS, la Directora, María Jesús Lamas Díaz.–Por la
Fundación Pro Farmacéuticos de Atención Primaria de España, y SEFAP, el Presidente,
José Manuel Paredero Domínguez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-25536
Verificable en https://www.boe.es

Este convenio se formaliza como instrumento para canalizar la subvención prevista
nominativamente para Sociedad Española de Farmacéuticos de Atención Primaria, en
los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, de acuerdo con lo previsto en
el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por ello, dada la naturaleza administrativa de este convenio, el mismo se regirá por lo
estipulado entre las partes, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la
citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de su Reglamento de aplicación, aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, para resolver dudas que pudieran
presentarse.
La Jurisdicción Contencioso-administrativa actuará como jurisdicción competente
para resolver las controversias que no pudieran solventarse en el seno de la Comisión
de Seguimiento en la interpretación y aplicación del presente convenio según establece
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.