III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2023-25529)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con el Instituto Geográfico Nacional y la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la obtención de una cobertura de imágenes aéreas y ortofotos del País Vasco (Vuelo 2023).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Sábado 16 de diciembre de 2023
Cuarta.

Sec. III. Pág. 166207

Obligaciones del CNIG.

El CNIG, en virtud de sus competencias, está interesado en realizar las siguientes
operaciones y se compromete a las siguientes actuaciones:
– Mejora de la resolución de la ortofoto pasando de ortofoto básica de 25 cm/píxel a
ortofoto rigurosa de 15 cm/píxel.
– Distribución de los datos generados en el ámbito de este convenio a la Comunidad
del País Vasco, en particular:
● Copia digital del vuelo fotogramétrico de 18 cm de tamaño de píxel realizado en el
año 2023.
● Copia digital de las ortofotos provisionales expeditas y rápidas de 15 cm a partir
del vuelo anterior en formato COG a escala 1:5000.
● Copia digital de las ortofotos básicas definitivas de 15 cm de tamaño de píxel con
calidad PNOA25.
● Demás productos generados a partir del vuelo fotogramétrico anterior, entre los
que se encuentra entre otros, el mosaico de la comunidad obtenido a partir de las
ortofotos definitivas a escala 1:25.000 en formato COG y los correspondientes informes
de control de calidad del vuelo.
La entrega de los productos se efectuará conforme a las especificaciones PNOA
aplicables y de acuerdo con el anexo I.
Quinta.

Obligaciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La Dirección de Planificación Territorial y Agenda Urbana de la Administración
General del País Vasco, asume el compromiso de cubrir los gastos derivados de mejorar
los productos a generar por el CNIG e IGN en los siguientes aspectos:
– Mejora de la resolución del vuelo PNOA, pasando de un VF de 22 cm/píxel a VF
a 18 cm/píxel
– Control de calidad del vuelo mejorado de 22 cm/píxel a VF a 18 cm/píxel.
– Mejora de la resolución de la ortofoto pasando de ortofoto básica de 25 cm/pixel a
ortofoto rigurosa de 15 cm/pixel.
– Control de calidad de las ortofotos mejoradas.
Sexta.

Calendario de ejecución de los trabajos.

cve: BOE-A-2023-25529
Verificable en https://www.boe.es

Las partes acuerdan que este calendario es indicativo y deberá ser flexible, debido a
la propia naturaleza de los trabajos a efectuar, los cuales están supeditados a
condiciones meteorológicas favorables.
En todo caso, la ejecución de los trabajos objeto del Convenio será completa,
modificándose, en caso necesario, la periodización de pagos mediante la
correspondiente adenda a este convenio.