III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2023-25529)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con el Instituto Geográfico Nacional y la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la obtención de una cobertura de imágenes aéreas y ortofotos del País Vasco (Vuelo 2023).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Sábado 16 de diciembre de 2023

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del Sistema Cartográfico Nacional, al cual el País Vasco se adscribió mediante Convenio
firmado en fecha 17 de mayo de 2021.
Quinto.
Que es interés de las partes colaborar mutuamente en la obtención del vuelo
fotogramétrico y de varias coberturas de ortofotos de la totalidad del territorio del País
Vasco, en el marco del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea de España (PNOA).
Sexto.
Que el IGN y el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico
Nacional [artículo 2, apartado 2.b)] del Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por
el que se regula el sistema cartográfico nacional y, respetando los correspondientes
acuerdos establecidos con las administraciones públicas, en particular el Protocolo
General de Actuación entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, el Instituto Geográfico Nacional y el Centro Nacional
de Información Geográfica, O.A. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, para el Intercambio de Información Geográfica, firmado el 13 de julio de 2022,
pueden disponer de las coberturas fotogramétricas y productos nominales generados
bajo el marco del PNOA.
En este sentido, es de interés de las partes que las diversas coberturas objeto de
este convenio tengan además de las condiciones nominales a desarrollar por la
Administración General del Estado, también las mejoras técnicas especificadas y
financiadas por el Gobierno del País Vasco. Asimismo, el Gobierno del País Vasco está
interesado en unir fuerzas con la Administración General del Estado para, entre las dos
Administraciones, lograr productos mejores que los que podría disponer cada parte de
forma individual.
Concretamente, el Gobierno del País Vasco está interesado en mejorar los productos
nominales de la Administración General del Estado para que sean aplicables a las tareas
propias de su ámbito competencial, mediante las siguientes tareas:

Respecto a mejorar la resolución del vuelo PNOA y de las ortofotos PNOA, el IGN y
el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico Nacional [artículo 2,
apartado 2.b)] del Real Decreto 1545/2007, y, respetando los correspondientes acuerdos
establecidos con las administraciones públicas, puede disponer de las coberturas
fotogramétricas y productos nominales generados bajo el marco del PNOA.
En particular, las condiciones nominales con las que la Administración General del
Estado debe realizar el Vuelo Fotogramétrico (VF) es con un tamaño de pixel en el
terreno (GSD) de 22 cm, mientras que a la Comunidad Autónoma del País Vasco dicho
VF le interesa que sea realizado con un GSD de 18 cm.
El VF o captura, tal y como se indica en la clausula tercera, se llevará a cabo por
parte del IGN y se realizará incorporando la mejora solicitada por la Comunidad
Autónoma del País Vasco. En base a lo anterior, la Comunidad Autónoma del País Vasco
asume el gasto derivado de la diferencia entre el valor del VF con un GSD de 18 cm y el
valor de dicho vuelo con un GSD de 22 cm. De la misma manera, la Comunidad
Autónoma del País Vasco asume el gasto derivado de la diferencia entre el valor de la
ortofoto rigurosa derivada del VF con un GSD de 18 cm y el valor de la ortofoto básica
derivada de un vuelo con un GSD de 22 cm.

cve: BOE-A-2023-25529
Verificable en https://www.boe.es

– Mejorar la resolución del vuelo PNOA pasando de 22 cm/píxel a 18 cm/píxel.
– Mejora de la resolución de la ortofoto, pasando de ortofoto básica de 25 cm/pixel a
ortofoto rigurosa de 15 cm/pixel.