III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-25532)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se publica la Adenda al Convenio de gestión directa con la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA, por el que se regula la gestión de la explotación de autopistas de titularidad estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 16 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 166240
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia" en las cuantías y anualidades
siguientes:
Transferencias de capital (euros)
2023
2024
2025
TOTAL
1.556.802,39 1.089.761,67 934.081,44 3.580.645,50
La inversión que supongan estas actuaciones no incrementará las previsiones
totales de inversión y las necesidades de aportaciones de capital previstas por
SEITT en el modelo económico del citado anexo I.
Además, en caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o
parcial de los objetivos previstos, SEITT deberá reintegrar los fondos recibidos al
Tesoro Público, conforme a lo indicado en la regla séptima del artículo 7 de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023.
Asimismo, cualquier financiación recibida en exceso respecto de la realmente
ejecutadas por SEITT para la financiación de las actuaciones, deberá ser
reintegrada al Tesoro Público. Si, por el contrario, la financiación recibida a través
del PRTR no fuera suficiente por alguna causa para la finalización completa de las
actuaciones, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana adoptará las
medidas necesarias para aportarla a SEITT, reprogramando otras actuaciones del
PRTR o, en su caso, autorizando recurrir a la financiación prevista en el punto 4.4.
del presente Convenio hasta su completa finalización, teniéndose en cuenta esta
circunstancia en la liquidación del Convenio.
Para lo previsto en el párrafo anterior y dada la identidad de las actuaciones a
que se destinan, se tendrá en cuenta la financiación recibida por SEITT en 2021
y 2022 aludida en el expositivo Quinto de esta Adenda.
SEITT informará a la Comisión de Seguimiento y Control del Convenio de los
retrasos en los plazos previstos para las mismas en la tabla del anexo III. Las
citadas actuaciones deberán en cualquier caso finalizar antes del 30 de junio
de 2026, fecha en la que debe estar finalizada la medida C06.I02.
Como tal entidad instrumental, SEITT se compromete al cumplimiento de las
obligaciones que prescribe para las entidades instrumentales del PRTR la
Resolución 1/2022, de 12 de abril, y en particular:
i. Con cargo a la financiación recibida a tal fin, a realizar las acciones que se
le asignen con la finalidad de ayudar a la entidad ejecutora a desarrollar las
medidas contenidas en el Plan, y a facilitar que ésta esté en disposición de poder
cumplir con los hitos y objetivos asignados como parte de la Decisión de Ejecución
del Consejo de acuerdo con sus indicadores de seguimiento, en la forma y los
plazos previstos y bajo las directrices de la entidad ejecutora.
En particular contribuirá al cumplimiento del hito 94, que obliga al Estado
español a la finalización de obras para hacer la RCE más segura con arreglo a la
normativa nacional y europea, antes del 30 de junio de 2026, en al menos 80
túneles, al cual SEITT contribuirá con la adaptación de tres túneles, dos de los
cuales reciben la financiación necesaria para que las obras de su adaptación sean
completadas a través del presente Convenio, siendo los recogidos en la tabla del
anexo III.
ii. Facilitar al MITMA como entidad ejecutora toda la información de
seguimiento que ésta precise, y en particular proporcionar la información que ha
de suministrarse al sistema de información de gestión y seguimiento del PRTR
conforme a lo dispuesto en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, y
según se establezca en el manual de uso y funcionamiento del sistema de
cve: BOE-A-2023-25532
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 300
Sábado 16 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 166240
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia" en las cuantías y anualidades
siguientes:
Transferencias de capital (euros)
2023
2024
2025
TOTAL
1.556.802,39 1.089.761,67 934.081,44 3.580.645,50
La inversión que supongan estas actuaciones no incrementará las previsiones
totales de inversión y las necesidades de aportaciones de capital previstas por
SEITT en el modelo económico del citado anexo I.
Además, en caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o
parcial de los objetivos previstos, SEITT deberá reintegrar los fondos recibidos al
Tesoro Público, conforme a lo indicado en la regla séptima del artículo 7 de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023.
Asimismo, cualquier financiación recibida en exceso respecto de la realmente
ejecutadas por SEITT para la financiación de las actuaciones, deberá ser
reintegrada al Tesoro Público. Si, por el contrario, la financiación recibida a través
del PRTR no fuera suficiente por alguna causa para la finalización completa de las
actuaciones, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana adoptará las
medidas necesarias para aportarla a SEITT, reprogramando otras actuaciones del
PRTR o, en su caso, autorizando recurrir a la financiación prevista en el punto 4.4.
del presente Convenio hasta su completa finalización, teniéndose en cuenta esta
circunstancia en la liquidación del Convenio.
Para lo previsto en el párrafo anterior y dada la identidad de las actuaciones a
que se destinan, se tendrá en cuenta la financiación recibida por SEITT en 2021
y 2022 aludida en el expositivo Quinto de esta Adenda.
SEITT informará a la Comisión de Seguimiento y Control del Convenio de los
retrasos en los plazos previstos para las mismas en la tabla del anexo III. Las
citadas actuaciones deberán en cualquier caso finalizar antes del 30 de junio
de 2026, fecha en la que debe estar finalizada la medida C06.I02.
Como tal entidad instrumental, SEITT se compromete al cumplimiento de las
obligaciones que prescribe para las entidades instrumentales del PRTR la
Resolución 1/2022, de 12 de abril, y en particular:
i. Con cargo a la financiación recibida a tal fin, a realizar las acciones que se
le asignen con la finalidad de ayudar a la entidad ejecutora a desarrollar las
medidas contenidas en el Plan, y a facilitar que ésta esté en disposición de poder
cumplir con los hitos y objetivos asignados como parte de la Decisión de Ejecución
del Consejo de acuerdo con sus indicadores de seguimiento, en la forma y los
plazos previstos y bajo las directrices de la entidad ejecutora.
En particular contribuirá al cumplimiento del hito 94, que obliga al Estado
español a la finalización de obras para hacer la RCE más segura con arreglo a la
normativa nacional y europea, antes del 30 de junio de 2026, en al menos 80
túneles, al cual SEITT contribuirá con la adaptación de tres túneles, dos de los
cuales reciben la financiación necesaria para que las obras de su adaptación sean
completadas a través del presente Convenio, siendo los recogidos en la tabla del
anexo III.
ii. Facilitar al MITMA como entidad ejecutora toda la información de
seguimiento que ésta precise, y en particular proporcionar la información que ha
de suministrarse al sistema de información de gestión y seguimiento del PRTR
conforme a lo dispuesto en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, y
según se establezca en el manual de uso y funcionamiento del sistema de
cve: BOE-A-2023-25532
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 300