III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-25531)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Tarragona, para la ejecución de actuaciones de acondicionamiento, mejora y humanización en las carreteras N-340, N-340a y T-11 y posterior cesión al Ayuntamiento de Tarragona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Sábado 16 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 166225

Ambas partes, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen recíprocamente
la capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente convenio, a cuyo efecto,
EXPONEN
Primero.
El Ministerio de Trasportes, Movilidad y Agenda Urbana es titular de los siguientes
tramos de carreteras que han adquirido el carácter de urbano y pertenecen a la red de
carreteras del Estado:
a) Carretera N-340a, que comienza en su p. k. 1.159+845 y finaliza en la conexión
con la autovía A-27, en su p. k. 1.160+140.
b) Carretera N-340a, que comienza en la conexión con la autovía A-27, en su p. k.
1.160+140 y finaliza en la glorieta de acceso a polígono Francolí, en su p. k. 1.160+558.
c) Carretera N-340, que comienza en el límite municipal con La Canonja, en su
p. k. 1.156+905 y finaliza en la glorieta de Autolica, en su p. k. 1.160+565.
d) Carretera N-340, que comienza en la glorieta Arrabassada, en su p. k.
1.164+726 y finaliza en la Torre Escipions, en su p. k. 1.168+940.
e) Carretera N-340, que comienza en la Torre Escipions, en su p. k. 1.168+940 y
finaliza en la glorieta de acceso a la A-7, en su p. k. 1.171+333.
f) Carretera N-340, que comienza en la glorieta de acceso a la A-7 La Mora, en su
p. k. 1.171+440 y finaliza en el límite municipal con Altafulla en su p. k. 1.173+277.
g) Carretera N-340a, conocida como Tomb del Mariner, entre su p. k. 1.171+975 y
su p. k. 1.172+205.
h) Carretera T-11, desde la rotonda de Europa hasta la de la Floresta, excluyendo
la turborotonda, que comienza en el acceso a la A-7, en su p. k. 16+328 y finaliza en la
Plaza de Europa, en su p. k. 18+021.

Entre los objetivos de la política del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana está el de facilitar la movilidad cotidiana de los ciudadanos, contribuyendo a este
objetivo las iniciativas que mejoren la accesibilidad de los núcleos de población desde
las infraestructuras de competencia estatal.
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 49 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de Carreteras, las carreteras del Estado o tramos determinados de ellas se
entregarán a los Ayuntamientos respectivos en el momento en que adquieran la
condición de vías urbanas, pudiendo convenir el Ministerio de Fomento, actual Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y las entidades locales respectivas lo que
estimen procedente en orden a la mejor conservación y funcionalidad de tales carreteras
o tramos de ellas.
Asimismo, el artículo 5 de la citada ley establece que aquellas carreteras que, siendo
competencia del Ministerio de Fomento, actual Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, no formen parte de la Red de Carreteras del Estado, así como los viales
y caminos de su competencia, constituyen el viario anexo a la Red de Carreteras del
Estado, que podrá ser cedido a otras administraciones públicas.
En ambos supuestos, el expediente se promoverá a instancia de las
administraciones interesadas o del Ministerio de Fomento, actual Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, resolviéndose en caso de acuerdo por el titular
de dicho departamento.
Tercero.
Los tramos de carreteras de titularidad estatal enumeradas en el exponiendo primero
que discurren por el término municipal de Tarragona no reúnen los requisitos para formar

cve: BOE-A-2023-25531
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.