III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-25484)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 para la implementación de la normativa EUCAST a través del Comité Español de Antibiograma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Viernes 15 de diciembre de 2023

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Tercero.
Que, siguiendo la recomendación del European Committee on Antimicrobial
Suceptibility Testing (EUCAST), referida a la oportunidad de organizar un Comité
Nacional del Antibiograma en los países que deseen implementar su normativa, la
Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica (en adelante,
SEIMC) creó, mediante acuerdo de su Junta Directiva de 25 de enero de 2012, el
denominado Comité Español del Antibiograma (COESANT).
Cuarto.
Que a la AEMPS, en el marco de desarrollo del PRAN, le corresponde, entre otras
acciones, la difusión, homogeneización e implementación de programas de uso prudente
de antibióticos, así como la promoción de la implementación de la normativa EUCAST en
los Servicios y Unidades de Microbiología Clínica en España.
Quinto.

a) Promover, fomentar y difundir el estudio, la investigación y la docencia de las
enfermedades infecciosas y de la microbiología clínica (en sus aspectos de
epidemiología, patogenia, diagnóstico, tratamiento, prevención y control).
b) Fomentar, mantener y lograr la unión, conocimiento, asistencia y ayuda mutua
entre los asociados.
c) Difundir e informar a las administraciones públicas, organismos y universidades
sobre los diversos aspectos de las enfermedades infecciosas y la microbiología clínica.
d) Crear y difundir entre los médicos y otros profesionales sanitarios los avances
científicos que se produzcan en las materias de enfermedades infecciosas y
microbiología clínica a través de revistas especializadas y otros sistemas de información,
incluyendo los de soporte digital.
e) Colaborar con las Instituciones sanitarias, asistenciales y de investigación, y con
la industria para el mejor cumplimiento de sus fines.
f) Promover mediante los instrumentos oportunos, la formación continuada en
enfermedades infecciosas y en microbiología clínica de sus asociados, entidades y
organismos públicos y terceras partes.
g) Llevar a cabo la realización de programas y trabajos de control y garantía de
calidad, normalización, acreditación y certificación de los laboratorios de microbiología y
de unidades asistenciales relacionadas con las enfermedades infecciosas y la
microbiología clínica.
h) Promover la creación de estructuras que faciliten la realización de ensayos
clínicos y otros estudios clínicos, básicos o translacionales, así como todas aquellas
actividades conducentes al desarrollo de los objetivos científicos, docentes y
profesionales de la Sociedad.
i) Establecer relaciones con sociedades o asociaciones de enfermedades
infecciosas y de microbiología clínica y afines, de carácter local, autonómico, nacional,
internacional y/o de otros países.
j) Promover la implicación de la población en general y de los profesionales
sanitarios en particular en el estudio, investigación y difusión de resultados.
k) Solicitar recursos económicos para la asociación de organismos nacionales e
internacionales, tanto públicos como privados.
l) Suscribir conciertos y convenios de colaboración, conforme la legislación vigente,
con las administraciones públicas y otras entidades de carácter público o privado para la
consecución de los fines.

cve: BOE-A-2023-25484
Verificable en https://www.boe.es

Que la SEIMC es una sociedad científica sin ánimo de lucro que agrupa a
profesionales que trabajan en el campo de la patología infecciosa, tanto desde el punto
de vista clínico y del tratamiento, como de diagnóstico microbiológico y la prevención.
Siendo sus fines los siguientes: