III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-25483)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, para el establecimiento de proyectos de seguridad del paciente "Tolerancia Zero" en pacientes críticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Viernes 15 de diciembre de 2023

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Intervienen en función de sus respectivos cargos, que han quedado expresados y en
ejercicio de las facultades que a cada una le están conferidas, con plena capacidad para
formalizar el presente convenio, y por ello,
EXPONEN
Primero.
Que el Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, por el que se crea la Agencia
estatal «Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios» (en adelante,
AEMPS) y se aprueba su Estatuto, declara en el artículo 6 de dicho Estatuto como objeto
de la misma «el de garantizar que tanto los medicamentos de uso humano, como los de
uso veterinario y los productos sanitarios, cosméticos y productos de higiene personal
cumplan con estrictos criterios de calidad, seguridad, eficacia y correcta información con
arreglo a la normativa vigente sobre estas materias en el ámbito estatal y de la Unión
Europea».
Segundo.
Que la AEMPS coordina el «Plan estratégico y de acción para reducir el riesgo de
selección y diseminación de resistencias a los antimicrobianos» (en adelante, PRAN)
impulsado por el Ministerio de Sanidad, siendo presentado el 18 de noviembre de 2013
en sede ministerial y aprobado por unanimidad por el Consejo interterritorial el día 12 de
junio de 2014.
Que en marzo de 2019 el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de
Salud y la Conferencia Sectorial de Agricultura aprobaban el PRAN 2019-2021 y, en
septiembre de 2022, se publicaba el PRAN 2022-2024, que continúa avanzando sobre la
base ya construida con sus mismos objetivos.
Tercero.

− Elaborar y aplicar recomendaciones nacionales sobre el tratamiento de personas y
animales con antibióticos que garanticen un uso responsable y racional.
− Limitar el uso de antibióticos críticamente importantes a los casos en que el
diagnóstico microbiológico y las pruebas de sensibilidad hayan determinado que no será
eficaz ningún otro tipo de agente antimicrobiano.
− Limitar el uso profiláctico de antibióticos a casos con necesidades clínicas
definidas.
− Promover que los tratamientos con antibióticos se basen en el diagnóstico
microbiológico y en la realización de antibiogramas.
− Identificar, impulsar y apoyar a nivel nacional las redes de vigilancia y seguimiento
de resistencias a los antibióticos en bacterias patógenas, zoonósicas e indicadoras, así
como la red de recogida de datos de consumo de antibióticos en personas y animales.
− Promover que los sistemas de vigilancia sean efectivos y que cubran tanto el
sector de la salud humana como el de la Salud animal, con el objetivo de recopilar datos
en tiempo oportuno, y que sean comparables entre sectores y Estados Miembros.
− Identificar e impulsar medidas alternativas y/o complementarias de prevención y
tratamiento de las infecciones bacterianas, tanto en la salud humana como animal.

cve: BOE-A-2023-25483
Verificable en https://www.boe.es

Que el PRAN se estructura en seis líneas estratégicas, abarcando áreas de la
medicina humana y la medicina veterinaria, dado que el desarrollo de resistencia a los
antibióticos, especialmente la aparición y diseminación de bacterias multirresistentes, y
la escasez de tratamientos alternativos, son dos de los mayores problemas de salud
pública y sanidad animal que es necesario afrontar en la actualidad.
Que es objetivo del PRAN, entre otros fines, desarrollar los siguientes aspectos: