III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-25479)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la tercera Adenda de modificación y prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Monforte de Lemos, para la financiación de la redacción de un estudio de alternativas para la mejora integral del saneamiento y depuración de Monforte de Lemos, y para la financiación, ejecución y entrega de la segunda fase de las obras de mejora del saneamiento urbano de esta localidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Viernes 15 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 165950

CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la Adenda.
El objeto de la presente Adenda es prorrogar la duración del convenio, introducir una
nueva competencia de la Comisión de Seguimiento y reajustar las anualidades
establecidas en el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el
Ayuntamiento de Monforte de Lemos para la financiación de la redacción de un estudio
de alternativas para la mejora integral del saneamiento y depuración de Monforte de
Lemos, y para la financiación, ejecución y entrega de la segunda fase de las obras de
mejora del saneamiento urbano de esta localidad.
Segunda. Prórroga del convenio.
Se prorroga la duración del convenio hasta el 31 de diciembre de 2026, previa inscripción
en REOICO de esta prórroga antes de la fecha de extinción del convenio. No obstante, si en
esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo los firmantes del convenio
podrán acordar unánimemente su prórroga dentro de los límites temporales establecidos en
el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera.

Modificación de la cláusula quinta Anualidades y aportaciones.

Se introduce un segundo párrafo en el apartado primero que queda redactado del
siguiente modo:
1. Para la ejecución del presente convenio, se establecen, inicialmente, las
anualidades previstas en el cuadro que figura como anexo al presente documento.
No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover
y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución de la ejecución
del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio, siempre que
estos no supongan un incremento económico global ni del plazo del mismo. Este
reajuste de anualidades no se considerará modificación convencional a los efectos de lo
establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda.
Cuarta. Modificación de la cláusula decimosegunda Comisión de Seguimiento.
Se modifica el segundo párrafo de la cláusula decimosegunda, que queda redactado
del siguiente modo:
Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente
convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución.
Le corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como la
aprobación de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido en la cláusula quinta.
Quinta.

Modificación del anexo.

Administración

CHMS, O.A.
AYUNTAMIENTO DE MONFORTE DE LEMOS.
Total.

2020

Euros

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

Total

Euros

28.000

8.000

91.892,36

216.000,00

1.371.350,80

204.756,84

1.920.000

7.000

2.000

22.973,09

54.000,00

342.837,70

51.189,21

480.000

35.000

10.000

114.865,45

270.000,00

1.714.188,50

255.946,05

2.400.000

cve: BOE-A-2023-25479
Verificable en https://www.boe.es

Se modifica el anexo «Anualidades previstas», de acuerdo con los siguientes
importes: