III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-25406)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Vigo, para la realización de prácticas externas por parte de los estudiantes en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.
14 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Jueves 14 de diciembre de 2023
Duodécima.

Sec. III. Pág. 165410

Publicidad.

La participación de ambas instituciones deberá hacerse constar en cuanta información
pública se edite en cualquier medio, incluidos los medios electrónicos, así como en las
notificaciones a los beneficiarios o en los carteles exteriores descriptivos de las
actuaciones. La Universidad se compromete a citar como colaboradora a la Delegación/
Subdelegación del Gobierno en la publicidad que realice sobre el Título de Graduado,
Máster Universitario o Doctorado con el que se relacionan las prácticas formativas. La
participación de la Delegación/Subdelegación del Gobierno correspondiente se hará
acompañar de la leyenda «Gobierno de España».
Decimotercera.

Comisión de seguimiento.

Se constituirá una Comisión de seguimiento del convenio donde se tratarán los
problemas derivados de la interpretación y ejecución del convenio. Esta Comisión de
seguimiento, constituida por dos representantes de la Delegación/Subdelegación del
Gobierno correspondiente, designados por su Secretario General, y dos representantes
de la Universidad, designados por el Decano correspondiente, se reunirá al menos una
vez al año durante la vigencia del presente convenio, sin perjuicio de que, con carácter
potestativo y a instancia de las partes se reúna en más ocasiones.
La Comisión de seguimiento, además de resolver los problemas derivados de la
interpretación y ejecución del convenio, tendrá los siguientes cometidos:
a) Velar por su estricto cumplimiento del convenio, analizando las actuaciones
llevadas a cabo por ambas partes y los objetivos alcanzados.
b) Adaptar, en caso de que sea preciso, el proyecto formativo del anexo III a las
circunstancias o necesidades concretas.
c) Proponer la prórroga del convenio y en su caso modificaciones al mismo, en
forma de Adenda tras su aprobación por ambas partes.
Decimocuarta.

Naturaleza y régimen jurídico aplicable.

Este convenio se realiza al amparo de lo establecido en el artículo 7 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las practicas académicas
externas de los estudiantes universitarios, y su régimen jurídico es el expresamente
establecido para los convenios en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duración del convenio y régimen de modificación.

La duración del convenio será de cuatro años con posibilidad de una prórroga
expresa, antes del vencimiento del plazo, por cuatro años más. La duración total del
convenio, incluida la prórroga, no excederá en ningún caso de los ocho años.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio resultará eficaz con la inscripción en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, fecha en que comenzará a computarse su duración. Asimismo será
publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
En cuanto al régimen de modificación del convenio, conforme a la establecido en el
artículo 49.g) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, requerirá el acuerdo unánime de
las partes firmantes del mismo.
Decimosexta.
de 2023.

Resolución anticipada de mutuo acuerdo del convenio de 7 de marzo

Asimismo, mediante el presente convenio ambas partes pactan de mutuo acuerdo
resolver anticipadamente y dejar sin efectos el convenio suscrito con fecha 7 de marzo

cve: BOE-A-2023-25406
Verificable en https://www.boe.es

Decimoquinta.