III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-25354)
Resolución de 3 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica la quinta Adenda al Convenio con la Comunidad de Castilla y León y la Universidad de Salamanca, para la creación del Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023
Segunda.

Sec. III. Pág. 165220

Modificación de la cláusula quinta del convenio.

Se modifica el punto cinco de la cláusula quinta, «Costes y financiación», que queda
como sigue:
«Cinco. Los libramientos de la AGE-MCIU se realizarán trimestralmente a lo
largo del ejercicio correspondiente. Los libramientos correspondientes al primer
trimestre se producirán previa certificación por la comisión de seguimiento del
convenio de la presentación al MCIU de las cuentas anuales del ejercicio anterior
formuladas por la Dirección del Consorcio. Los libramientos correspondientes al
segundo, tercer y cuarto trimestre, quedarán supeditados a los siguientes
requisitos: 1.º) a la certificación por la comisión de seguimiento del convenio de
la presentación de una memoria técnica referida a las actividades desarrolladas en
el año anterior y la certificación por dicha comisión de la presentación al MCIU de
las cuentas anuales del ejercicio anterior debidamente auditadas, en su caso, por
el órgano competente de la Intervención General de la Administración del Estado o
por una persona auditora de cuentas o sociedad de auditoría de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, según
proceda, y 2.º) a la presentación ante MCIU de un informe de progreso
correspondiente al trimestre que se certifica que incluirá información sobre las
actividades desarrolladas y previstas hasta el fin del mismo. El informe de
progreso requerirá la conformidad de la Dirección General del MCIU competente
en materia de planificación de la investigación. Los libramientos podrán
suspenderse en caso de deficiencias que lleven a la comisión de seguimiento del
convenio o al MCIU, según proceda, a no emitir, respectivamente, la certificación o
la conformidad a los informes de progreso.
La aportación de la Comunidad de Castilla y León se realizará anualmente, de
manera anticipada a través de un pago único con carácter previo a la ejecución.
La justificación anual se realizará mediante la presentación de una memoria
técnica detallada y de las cuentas anuales del ejercicio anterior debidamente
auditadas, en su caso, por el órgano competente de la Intervención General de la
Administración del Estado o por una persona auditora de cuentas o sociedad de
auditoría de conformidad con lo dispuesto en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de
Auditoría de Cuentas, según proceda, dentro de los seis meses siguientes a la
finalización del ejercicio correspondiente.»
Tercera. Publicación y eficacia.
Esta adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de
Castilla y León», y resultará eficaz tras su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-25354
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad, las partes formalizan la presente adenda el 30
noviembre de 2023, La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant
Ripoll.–La Consejera de Educación de la Junta de Castilla y León, Rocío Lucas
Navas.–El Rector de la Universidad de Salamanca, Ricardo Rivero Ortega.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X