III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-25354)
Resolución de 3 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica la quinta Adenda al Convenio con la Comunidad de Castilla y León y la Universidad de Salamanca, para la creación del Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023

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Las partes se reconocen la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la
presente adenda y, al efecto
EXPONEN
I. Que el Ministerio de Educación y Ciencia, la Comunidad de Castilla y León y la
Universidad de Salamanca, suscribieron, el 14 de diciembre de 2007, un Convenio para
la creación del Consorcio para el diseño, construcción, equipamiento y explotación del
Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos (en adelante, el convenio).
II. Que el 28 de diciembre de 2012 se suscribió una modificación a dicho convenio
por la cual se establecía un nuevo marco de financiación.
III. Que el 7 de mayo de 2016 se suscribió una adenda al convenio con objeto de
adaptar el convenio y los estatutos del Consorcio a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre,
de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. En
particular, se modificaron los Estatutos de forma que el Consorcio CLPU quedó adscrito
a la AGE.
IV. Que el 1 de octubre de 2021 se suscribió un Acuerdo para modificar una serie
de cláusulas del convenio, y artículos de los Estatutos del Consorcio para adaptarlos a la
LRJSP, así como al artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia,
Tecnología y la Innovación. A través de dicho acuerdo, el consorcio como el propio
convenio tendrán vigencia indefinida.
V. Que el 29 de diciembre de 2021 se suscribió una cuarta modificación del
convenio, para continuar con la financiación del equipamiento y explotación del
Consorcio CLPU que cubre el periodo 2022-2028.
VI. Que la disposición final 23.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, modifica el punto 3 del
artículo 122 de la LRSJP, de tal forma que la auditoria del Consorcio por el órgano de
control interno de la Administración de adscripción está condicionada a que concurra, a
la fecha de cierre del ejercicio, de al menos dos de las tres circunstancias siguientes:
– Que el total de las partidas del activo supere 2.400.000 euros.
– Que el importe total de sus ingresos por gestión ordinaria en el caso de los
consorcios del sector público administrativo, o la suma del importe de la cifra de
negocios más otros ingresos de gestión, en el caso de los pertenecientes al sector
público empresarial, sea superior a 2.400.000 euros.
– Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50.
VII. Que, el Consejo Rector en su reunión del día 5 de octubre de 2023, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos noveno j) y vigésimo cuarto de sus Estatutos, así como
la cláusula undécima del convenio, ha acordado proponer a las partes una modificación
del convenio para adaptarlo a este cambio normativo. Se acuerda también la propuesta
de modificación del sistema de libramientos de la AGE
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá
por las siguientes

Primera.

Objeto de la adenda.

Esta adenda tiene por objeto la adaptación del Convenio del Consorcio al Régimen
presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonial establecido en el
artículo 122 de la LRSJP, así como la revisión del sistema de libramientos de la AGE.

cve: BOE-A-2023-25354
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