III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2023-25343)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la realización del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico.
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Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023

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2. Conforme al artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, el Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
3. Serán causas de resolución de este Convenio:
a) El transcurso de su plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
b) El acuerdo unánime de las partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
4. Procederá en todo caso el reintegro de las aportaciones previstas en la cláusula
segunda en los supuestos de resolución previstos en los apartados c) y d). En los demás
casos se estará a lo dispuesto en la cláusula undécima.
Undécima.

Interpretación y jurisdicción.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación,
modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se
resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para
llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial.
En su defecto serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los
órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Duodécima.

Portal de la Transparencia del Gobierno de España.

El presente Convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de la Transparencia del Gobierno de España en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno.

cve: BOE-A-2023-25343
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido las
partes firman el presente Convenio electrónicamente, en duplicado ejemplar y a un solo
efecto, quedando uno de ellos en poder de cada una de las partes.–Por el Ministerio de
Cultura, Ernest Urtasun Domènech.–Por la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte,
por delegación de competencias de la presidenta (BOIB número 166/2003), Jaime Bauzá
Mayol.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X