I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA. Subvenciones. (BOE-A-2023-25288)
Real Decreto 1086/2023, de 12 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades del Tercer Sector para la implementación de actividades de capacitación en competencias digitales a infancia, adolescencia y juventud vulnerable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
Real Decreto 1086/2023, de 12 de diciembre, por el que se regula la
concesión directa de subvenciones a entidades del Tercer Sector para la
implementación de actividades de capacitación en competencias digitales a
infancia, adolescencia y juventud vulnerable, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia pretende paliar el impacto
económico y social provocado por la irrupción de la COVID-19, así como apoyar la
recuperación económica. Las medidas que constituyen dicho plan permitirán la
realización de reformas estructurales los próximos años mediante cambios normativos e
inversiones y, por lo tanto, posibilitarán que la recuperación de la economía tras la
pandemia no deje a nadie atrás, en aras de una transformación que posibilite una
estructura más resiliente de nuestro modelo para enfrentar con éxito otras posibles crisis
o desafíos en el futuro.
En este sentido, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública para la
ejecución del citado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, reconoce la
necesidad de un adecuado modelo de gobernanza que permita asegurar la mayor
eficiencia en el gasto público y el papel especial de la Administración General del Estado
para garantizar el éxito de la ejecución, el control y la salvaguarda necesarios para
justificar fehacientemente la solicitud de reembolsos y la absorción de los citados fondos.
El Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia contempla en el
Componente 19 «Plan Nacional de Competencias Digitales», encuadrado en la política
palanca VII «Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de
capacidades», diversas actuaciones encaminadas a garantizar la inclusión digital,
avanzando en el desarrollo de las competencias básicas de la ciudadanía para que todas
las personas puedan aprovechar las oportunidades sociales, económicas y ambientales
que ofrecen las nuevas tecnologías.
Dentro del Componente 19 se encuentra la Línea de Inversión 1 «Competencias
digitales transversales» que contempla diversas actuaciones encaminadas a la mejora
de la formación y las infraestructuras digitales y tecnológicas del país.
Dentro de esta Línea de Inversión, la Medida 3 consiste en «Formación de la
ciudadanía en materia de competencias digitales». Dicha Medida se encuentra vinculada
al cumplimiento de los objetivos números 286 y 288 establecidos en el anexo de la
Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución del
Consejo (UE) (ST 10150/2021; ST 10150/2021 ADD 1 REV 1), de 13 de julio de 2021,
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de
España.
El objetivo n.º 286 establece que, respecto a los fondos destinados a esta Medida,
«al menos el 75 % del presupuesto se deberá haber comprometido para acciones bajo la
inversión de formación de la ciudadanía en competencias digitales». El plazo establecido
para el cumplimiento de este objetivo llega hasta el cuarto trimestre de 2023.
Por su parte, el objetivo n.º 288 establece que, para el 30 de junio de 2026, España
deberá tener «2.600.000 ciudadanos formados en competencias digitales, de acuerdo
con las acciones de la medida». Aunque inicialmente se preveía que la formación a
recibir fuera equivalente a 10 créditos ECTS, la Comisión Europea ha comunicado que
este objetivo se rebaja a 7,5 horas.
Para contribuir al cumplimiento de estos objetivos, el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital –entidad decisora respecto al Componente 19–

cve: BOE-A-2023-25288
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