III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-25254)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de acuerdo de modificación del Convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296

Martes 12 de diciembre de 2023

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computarán las temporadas que el futbolista estuviera en situación de cedido en
otro club.
c) El futbolista deberá ser inscrito por el club/SAD en el equipo adscrito a
la LNFP al inicio de la competición oficial.
d) El futbolista no debe haber disputado con anterioridad a ser inscrito con el
equipo adscrito a la LNFP más de diez encuentros.

cve: BOE-A-2023-25254
Verificable en https://www.boe.es

5. El futbolista en edad comprendida entre dieciséis (16) y dieciocho (18)
años que actúe en los equipos de la LNFP tendrá derecho a percibir el salario
mínimo interprofesional vigente en cada momento, y con independencia de la
división en que participe».

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X