III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-25271)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Norma, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Norma, de 28 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Alcubierre y Lanaja (Huesca) y Rubí (Barcelona).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296

Martes 12 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Norma, SL,
autorización administrativa previa para el parque eólico Norma, de 28 MW de
potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Alcubierre y
Lanaja (Huesca) y Rubí (Barcelona).

Energía Inagotable de Norma SL (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 6 de
julio de 2021, autorización administrativa previa del parque eólico Norma de 49,5 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada, que consiste en una
subestación eléctrica «SET Lanaja R2 30/400 kV» y una línea de alta tensión «LAAT
SET Promotores Rubí 220-SET Rubí 220 REE», hasta la SET Rubí 220 kV, propiedad de
Red Eléctrica de España, SAU. El resto de la infraestructura de evacuación no forma
parte del alcance de la solicitud.
Corresponde a la Administración General del Estado autorizar las instalaciones de
producción, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, que excedan del ámbito
territorial de una Comunidad Autónoma, todo ello según el artículo 3 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 24 de julio de 2021,
dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de
autorización administrativa previa de los parques eólicos Norma y Osa Mayor,
de 49,5 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Huesca
y Barcelona, con número de expediente asociado PEol-627-AC.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
El expediente fue incoado y tramitado en las Áreas de Industria y Energía de las
Subdelegaciones del Gobierno en Huesca y Barcelona, y se tramitó de conformidad con
lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 23 de noviembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 24 de noviembre de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Huesca» y el 10 de diciembre de 2021 en el «Diari Oficial de la Generalitat
de Catalunya». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón, de Red Eléctrica de España, del
Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca, del Ayuntamiento de Alcubierre, de Serveis
Territorials Territori i Sostenibilitat Barcelona y de la Gerència de Serveis d'Infrastructures
Viàries I Mobilitat de la Diputació de Barcelona. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, que responde a las mismas trasladando su conformidad.

cve: BOE-A-2023-25271
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