III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25222)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Bucéfalo de 30 MWw y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Lunes 11 de diciembre de 2023

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vegetal, 27.430 m3 de terraplén y 30.834 m3 de desmonte. El impacto se considera
compatible en el estudio de impacto ambiental de las posiciones originales.
Las posiciones modificadas BUC-01 y 02 se desplazan a zonas más llanas que las
originales, y más próximas a la línea de evacuación por lo que requieren menor apertura
de caminos y zanjas. El aerogenerador BUC-03 se desplaza a pocos metros de su
posición original, una zona igualmente llana, aunque con mayor vegetación natural. No
obstante, se puede considerar que los movimientos de tierras en el proyecto modificado
serán menores y, por tanto, supondrá menor afección.
Otro impacto a considerar es la compactación del suelo como consecuencia de la
circulación y estacionamiento de vehículos y acopio de materiales normalmente fuera de
la zona de obras. Para que los efectos sean mínimos se prevé la utilización preferente de
viales preexistentes, y la descompactación de todas las superficies que hayan sido
alteradas como consecuencia del paso de maquinaria, mediante un laboreo superficial
del terreno o un subsolado. Otro riesgo es la contaminación de suelos si no se realiza un
adecuado almacenamiento de materiales y productos de las obras y de los productos
generados durante las mismas, para lo que se plantean medidas preventivas de gestión
de residuos y vertidos.
A fin de asegurar una mínima afección a la geomorfología y a los suelos, esta
Dirección General propone ampliar las medidas preventivas tal y como se describe en el
condicionado de la presente resolución.
Hidrología:
El proyecto se sitúa en la cuenca hidrográfica del río Ebro, en concreto, en la
subcuenca hidrográfica del río Arba. En la zona norte del parque eólico discurren cursos
de agua de carácter temporal y existen numerosos puntos de agua relacionados con
pequeñas balsas de uso ganadero y otras de mayor tamaño asociadas al regadío. Los
aerogeneradores se sitúan en los interfluvios o en sus proximidades, sin afectar al
Dominio Público Hidráulico, y no hay masas de agua subterránea en el área de
implantación. En cuanto a la línea de evacuación subterránea cruzará el Barranco Lojos
y el Barranco de Mira.
El estudio de impacto ambiental señala como principal riesgo la contaminación de las
aguas superficiales y subterráneas por un inadecuado almacenamiento o manejo de los
materiales y residuos proponiéndose medidas preventivas para minimizar las posibles
afecciones.
La Confederación Hidrográfica del Ebro establece una serie de medidas que han de
ser tenidas en cuenta por el promotor en la ejecución de los trabajos, con el objetivo de
garantizar el drenaje superficial y para evitar la afección a cursos de aguas superficiales
y subterráneos, así como a las formaciones vegetales de ribera.
A fin de asegurar una mínima afección a la hidrología, esta resolución prevé la
ampliación de las medidas preventivas en el condicionado.

El área de implantación del proyecto se ubica fuera de los límites de espacios
protegidos. Respecto de la Red Natura 2000, la ZEPA ES0000293 «Montes de Zuera,
Castejón de Valdejasa y El Castellar» es el espacio más próximo al proyecto, ubicándose
a una distancia mínima de 4,2 km al sureste de los aerogeneradores. A más distancia se
ubica la ZEC ES2430080 «El Castellar», a 7,4 km al sureste, la ZEC ES2430078
«Montes de Zuera», a 9,5 km al este, la ZEPA ES0000289 «Lagunas y carrizales de
Cinco Villas», a 11,4 km al noroeste, y la ZEPA ES0000292 «Loma la Negra – Bardenas»
a 14 km al noroeste.
El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) informa que, aunque los
proyectos no afectan directamente a espacios incluidos dentro del ámbito de la Red
Natura 2000, sus planes básicos de gestión y conservación pueden verse afectados
indirectamente.

cve: BOE-A-2023-25222
Verificable en https://www.boe.es

Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000: