II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25201)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de diciembre de 2023
7.

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Prueba

El concurso de acceso será público y se celebrará en el Centro donde tenga su sede
el Departamento. Constará de una prueba eliminatoria que consistirá en:
a) Exposición oral y defensa por el/la candidato/a de los méritos e historial
académico, docente e investigador y, en su caso, asistencial-sanitario alegados.
b) Exposición oral y defensa del proyecto investigador presentado.
La duración máxima de la exposición será de una hora y treinta minutos.
Una vez terminada la exposición y defensa, la Comisión debatirá con el/la
candidato/a durante un plazo máximo de una hora y treinta minutos.
Una vez celebradas, las pruebas, la Comisión hará públicos los resultados de la
evaluación de cada candidato/a, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
8.

Resolución del concurso

La Comisión juzgadora propondrá al Rector, motivadamente, y con carácter
vinculante, una relación de todos/as los/las candidatos/as por orden de preferencia, para
su nombramiento. La propuesta de provisión de plaza o plazas, se realizará por el
sistema de votación, en el plazo máximo de treinta días hábiles a partir de la fecha del
comienzo de las pruebas.
Se procederá a la provisión de las plazas convocadas cuando haya concursantes
valorados favorablemente por dos de sus miembros. No podrá proponerse mayor
número de nombramientos que el de plazas convocadas. El concurso podrá resolverse
con la no provisión de la plaza convocada.
Junto con la propuesta, el/la Secretario/a de la Comisión en los siete días hábiles
siguientes a la finalización de la actuación de la misma, deberá entregar en la Secretaría
General de la Universidad, el expediente administrativo del concurso, que incorporará los
siguientes documentos.
a) Acta de constitución de la Comisión y de cada una de las sesiones realizadas, en
las que deberán constar las actuaciones fundamentales habidas.
b) Informes externos recabados por la Comisión de cada uno de los/las candidatos/as.
c) Documento en el que consten los criterios utilizados para la valoración de la
prueba eliminatoria.
d) Documento en el que consten los informes de los/las miembros de la Comisión
sobre cada candidato/a según lo dispuesto en el artículo 16.3 del Procedimiento para la
provisión de plazas de Profesorado de los Cuerpos Docentes Universitarios.
e) Documento en el que conste la valoración razonada de la Comisión o de cada
uno de sus miembros, sobre la prueba de cada uno de los/las concursantes/as.
f) Acta de propuesta de provisión de plazas de los/las concursantes/as que
proceda, ordenados según sus méritos.
g) Curriculum vitae, proyecto docente e investigador presentados por los/las
candidatos/as.
Los/las candidatos/as podrán solicitar en la Secretaría General de la Universidad
copia de la valoración razonada que la Comisión o cada uno de sus miembros, emitió
sobre sus méritos.
9.

Reclamaciones y recursos

Contra la propuesta de la Comisión de Selección, los/las candidatos/as podrán
presentar reclamación ante el Rector en el plazo máximo de diez días hábiles.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su
resolución definitiva.

cve: BOE-A-2023-25201
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Núm. 295