III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-25228)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, por la que se publica el Convenio con el Institut Universitari d'Investigació en Atenció Primària Jordi Gol, para establecer el régimen de cooperación en el marco del programa de acción de la Unión Europea en el ámbito de la salud para el periodo 2021-2027, "Programa EU4Health".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de diciembre de 2023

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trabajo (WPs) presentados por el Consorcio europeo en la propuesta presentada a
HaDEA, y por la cual IDIAP-JGOL recibirá la parte correspondiente de la subvención.
c) Se compromete a participar de buena fe como beneficiario pro-bono mediante su
adhesión al «Grant Agreement» de la JA-09 y la firma del «Consortium Agreement» que
vincula a las partes en el proyecto.
d) Se compromete, una vez firmados ambos acuerdos, a cumplir con diligencia lo
establecido en el mismo, especialmente a requerimiento del Coordinador de la JA
(Agencia de Salud Digital de la República de Chipre) o de las autoridades de la Unión
Europea. En el caso de que se le repercuta algún tipo de responsabilidad financiera, y
dado que el Ministerio de Sanidad no es el perceptor de la subvención, actuará de
acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se
regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades
por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
e) Se compromete a coordinar los trabajos de IDIAP-JGOL, como entidad afiliada, y
a realizar la interlocución con el resto de entidades del consorcio, el Coordinador o las
Instituciones de la Unión Europea.
3.2 La entidad IDIAP-JGOL, designada entidad afiliada a los efectos de la JA, se
compromete por su parte a:
a) Con carácter previo a la firma del «Grant Agreement», facilitar de forma diligente
cuanta información le sea requerida por el Ministerio de Sanidad o las autoridades de la
Unión Europea, a los efectos de presentar proyectos elegibles para la JA.
b) Se compromete como entidad afiliada al Ministerio de Sanidad, a la firma de los
documentos preceptivos establecidos en el «Grant Agreement» y aplicables a las
entidades afiliadas (denominados «Declaration on Joint and several liability of affiliated
entities», «Declaration of Honor» (DoH)), así como a la realización de las tareas y
trabajos que se le hayan encomendado en el ámbito de esta JA-09 y que se especifican
en el anexo I.
c) Una vez recibidos los fondos asociados a la JA-09, librados por el Coordinador
del Consorcio, se compromete a destinar los fondos recibidos exclusivamente a los fines
permitidos por la JA-09, a realizar con diligencia cuantas acciones sean precisas para la
consecución del objetivo del proyecto, así como a cumplir con diligencia lo establecido
en el mismo, especialmente a requerimiento del Coordinador de la JA-09 (la Agencia de
Salud Digital de la República de Chipre) o de las autoridades de la Unión Europea.
d) Se compromete a facilitar cuanta información le sea solicitada, en relación con la
JA, como consecuencia de los controles, revisiones, auditorias, investigaciones, o
cualquier tipo de solicitud de información proveniente del coordinador de la JA, de las
autoridades de la Unión Europea, del Ministerio de Sanidad u otros órganos de la
Administración General del Estado. Asimismo, notificará de forma fehaciente a la
Comisión de Seguimiento del Convenio los requerimientos de información de cualquier
tipo que se le hagan por entidades distintas del Ministerio de Sanidad en relación con la
JA, así como de la información facilitada y sus resultados.
e) Se compromete a asumir las responsabilidades financieras que como Entidad
Afiliada perceptora de fondos se pudieran exigir por incumplimiento de las obligaciones
de la JA-09 (obligaciones derivadas tanto del «Grant Agreement» como del «Consortium
Agreement»), mediante el procedimiento establecido por el Real Decreto 515/2013 de 5
de julio.
f) Una vez finalizada la JA, se compromete a realizar cuantas actuaciones sean
precisas para la justificación de los fondos recibidos, facilitar con diligencia la información
que le pudiera ser solicitada y reintegrar las cantidades no gastadas o no justificadas de
acuerdo a lo establecido en el «Grant Agreement» y la normativa que sustenta el
Programa EU4Health, en especial el Reglamento Financiero de la UE. Asimismo, se
compromete a poner a disposición del Ministerio de Sanidad todos los resultados de la
JA-09.

cve: BOE-A-2023-25228
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Núm. 295