III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2023-25107)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, para el suministro de datos necesarios para la evaluación de las estrategias de inclusión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Sábado 9 de diciembre de 2023

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agentes sociales con los que suscriba acuerdos o convenios para la realización de
actuaciones en el marco de las estrategias de inclusión de las personas beneficiarias,
de forma telemática y sin el consentimiento previo del titular de los datos personales,
la información de contacto de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital
candidatas a participar en la actuación, por ser un tratamiento de datos de los referidos
en el artículo 6.1.e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE.
Asimismo, las administraciones públicas, entidades del tercer sector de acción social
y agentes sociales con las que la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión
y Previsión Social suscriba acuerdos o convenios para el desarrollo y evaluación de
estrategias de inclusión, podrán suministrar los datos necesarios de los participantes
en las estrategias de inclusión para el diseño, seguimiento y la evaluación de las
actuaciones, sin que requiera el consentimiento previo del interesado, por ser igualmente
un tratamiento de datos de los referidos en los artículos 6.1.e) y 9.2.h) del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE. Para
la recogida y cesión de datos especialmente protegidos y recogidos en el artículo 9.1 del
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE, será necesaria la autorización expresa e informada de la persona
beneficiaria.
La Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social
garantizará, mediante la puesta en marcha de un mecanismo accesible para los
beneficiarios, que estos pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición,
supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones
individualizadas, recogidos igualmente en la legislación, de todos aquellos datos
especialmente protegidos.
De acuerdo con lo anterior los participantes de los itinerarios de inclusión prestarán
su consentimiento para la participación en los mismos. Esta participación implica la
cesión de aquellos datos administrativos necesarios para la evaluación del proyecto que
se encuentren en registros administrativos pertenecientes a otros organismos públicos,
tal y como queda recogido en el consentimiento informado que los participantes deben
cumplimentar. Las entidades cedentes de datos podrán pedir justificación y/o auditar que
las cesiones que se verifiquen se ajustan a los requisitos exigidos por la normativa de
protección de datos.
Octavo.
Que es de interés de la SGOPIPS poder disponer de la información de las entidades
gestoras y servicios comunes de la SESSyP para poder evaluar las estrategias de
inclusión.

Que se considera necesario establecer los términos y condiciones en los que tendrá
lugar el intercambio de información entre la SGOPIPS y las entidades gestoras y
servicios comunes de la SESSyP, a efectos de que dicha Secretaría General pueda
desarrollar las funciones que tiene atribuidas.

cve: BOE-A-2023-25107
Verificable en https://www.boe.es

Noveno.