III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2023-25107)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, para el suministro de datos necesarios para la evaluación de las estrategias de inclusión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Sábado 9 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 163809

Doña Milagros Paniagua San Martín, Secretaria General de Objetivos y Políticas de
Inclusión y Previsión Social, nombrada por Real Decreto 390/2020, de 18 de febrero
(BOE de 19 de febrero de 2020).
Todas las partes firmantes se reconocen mutuamente la calidad en la que cada uno
interviene, así como la capacidad legal suficiente para obligarse mediante el presente
convenio, y al efecto
EXPONEN
Primero.
Que la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por el que se establece el ingreso mínimo
vital, establece que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones promoverá,
a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social
(en adelante SGOPIPS), en el ámbito de sus competencias, estrategias de inclusión
de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital mediante la cooperación y la
colaboración con los departamentos ministeriales, las comunidades autónomas, las
entidades locales, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas,
así como las entidades del Tercer Sector de Acción Social. El diseño de estas estrategias
se dirigirá a la remoción de los obstáculos sociales o laborales que dificultan el pleno
ejercicio de derechos y socavan la cohesión social.
Por otra parte, la SGOPIPIS, como responsable de la medida C23.I7 «Fomento
del crecimiento inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al
ingreso mínimo vital», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
España (en adelante PRTR), tiene el compromiso de desarrollar proyectos piloto de
itinerarios de inclusión social con los objetivos de «mejorar la tasa de acceso al IMV» e
«incrementar la efectividad del IMV a través de itinerarios de inclusión». De acuerdo con
lo previsto en la medida C23.I7, el colectivo objetivo de la inversión incluirá a personas
beneficiarias del ingreso mínimo vital; personas beneficiarias de las rentas mínimas
autonómicas; así como otras personas en situación o riesgo de exclusión social.
Para hacer efectiva la medida C23.I7 del PRTR, la SGOPIPS ha firmado convenios
de colaboración con comunidades autónomas, entidades locales y entidades del Tercer
Sector de Acción Social, en virtud de los cuales estas entidades desarrollarán proyectos
piloto innovadores consistentes en itinerarios de inclusión social y su evaluación, cuyos
resultados serán publicados, con objeto de contribuir a la generación de conocimiento de
la política de inclusión, a la orientación de la política de gasto de las administraciones
públicas y a la creación de mayor impacto orientando su diseño a resultados y a la
consecución de objetivos. En el marco de estos convenios de colaboración, corresponde
a la SGOPIPS la evaluación de impacto de dichos proyectos piloto.
Segundo.

a) La dirección y tutela de las entidades gestoras y servicios comunes de la
Seguridad Social, adscritas al Departamento, sin perjuicio de las competencias atribuidas
a otros Ministerios y a otras unidades del Departamento.
b) El impulso y la dirección de la ordenación jurídica del sistema de la Seguridad
Social y de las pensiones.
c) El impulso y la dirección de la planificación y el análisis económico y financiero
del sistema de la Seguridad Social y de las pensiones.

cve: BOE-A-2023-25107
Verificable en https://www.boe.es

Que corresponde a la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones (en
adelante SESSyP), de acuerdo con el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, las siguientes competencias: