III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-25106)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Catalunya, para la realización del proyecto "Seguimiento, análisis y evaluación de datos pesqueros y oceanográficos en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Sábado 9 de diciembre de 2023

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además, mientras dure la estancia temporal las normas internas sobre uso de
instalaciones y equipamientos, horarios, trámites procedimentales, etc.
En relación con el personal de la Generalitat de Cataluña que, de acuerdo con lo
previsto en la presente cláusula, sea adscrito a ICATMAR y, de acuerdo con los objetivos
y obligaciones de este Convenio, deban desarrollar sus funciones profesionales en las
instalaciones del Instituto de Ciencias del Mar del CSIC, se seguirán las siguientes
disposiciones.
a)

El ICM-CSIC se compromete a facilitar:

– Acreditación de acceso a las instalaciones del centro de trabajo destinadas a las
actividades regidas por este Convenio: Oficinas, salas de reuniones, laboratorios, salas
de disección, etc.
– Mobiliario y servicios suficientes para el desarrollo de las funciones que les sean
encargadas en el marco de las actividades previstas en el Convenio: mesa de trabajo,
silla, armarios, archivos de documentación, etc.
– Uso de vehículos y otros elementos de desplazamiento del ICM-CSIC para el
ejercicio de las actuaciones directamente relacionadas con el presente Convenio. Sin
perjuicio de lo cual, el personal podrá hacer uso de vehículos turismo/furgoneta del
parque móvil asignado al DACC, de acuerdo con las tareas encargadas de acuerdo con
el Convenio siempre que sean acordes con las condiciones establecidas para el personal
estatutario de la Generalitat y las directrices del Departamento de Acción Climática,
Alimentación y Agenda Rural.
– Tramitación y financiación de la participación en congresos, simposios y otros
eventos siempre que sean para la divulgación, diseminación y transferencia de los
resultados del «proyecto».
b)

La DGPMPS se compromete a facilitar:

A estos efectos, las partes acordarán en el seno de la Comisión de Seguimiento el
personal vinculado a ICATMAR que en cada momento trabajará en el desarrollo de las
actividades objeto de colaboración de este Convenio, y que podrá desarrollar su labor en
la sede del ICM conforme a las disposiciones establecidas en la presente cláusula.
Cuarta. Régimen económico.
En virtud del presente convenio, las partes, para el desarrollo conjunto del Proyecto,
incurrirán en los gastos de funcionamiento ordinarios referidos a continuación, que se
asumirán con cargo a sus respectivos presupuestos corrientes.

cve: BOE-A-2023-25106
Verificable en https://www.boe.es

– Ordenador portátil y/o fijo con el software, periféricos y equipamiento
complementaria acordes con las funciones que les correspondan.
– Equipamiento y vestuario específico para trabajos en laboratorio, a bordo de
embarcaciones de mantenimiento de boyas y de investigación oceanográfica.
– El coste de los desplazamientos a lo largo del litoral de Catalunya o fuera de él
siempre que sean justificados de acuerdo con las tareas encargadas de acuerdo con el
Convenio y sean acordes con las condiciones establecidas para el personal estatutario
de la Generalitat y las directrices del Departamento de Acción Climática, Alimentación y
Agenda Rural.
– El coste y tramitación de asistencia a cursos de formación, y otros eventos siempre
que sean acordes con las condiciones establecidas para el personal estatutario de la
Generalitat y las directrices del Departamento de Acción Climática, Alimentación y
Agenda Rural.
– La suscripción de un contrato de seguros de accidentes, responsabilidad civil u
otros que pudieran derivarse de las tareas que les sean encargadas de acuerdo con el
Convenio.