III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2023-25091)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Instituto de las Mujeres, O.A., para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la «Gestión Integrada de Servicios de Registro» como Aplicación Integral de Registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Sábado 9 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 163608

Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Es objeto del presente convenio:
1. Establecer las condiciones por las que se regirá la puesta a disposición de
INMUJERES de la aplicación GEISER por parte de la SGAD, como solución tecnológica
para la gestión de los libros de registro de entrada y salida de INMUJERES así como
para la interconexión electrónica de su registro con el Sistema de Interconexión de
Registros y el Registro Electrónico Común.
2. Fijar los términos, las condiciones generales de uso y el soporte necesario para
el funcionamiento de la aplicación GEISER.
Segunda. Especificaciones de la aplicación.
1. INMUJERES debe usar la aplicación GEISER con sus propios recursos para la
mejora de la Administración electrónica en su ámbito de competencias.
2. La SGAD e INMUJERES se prestarán el soporte necesario para la solución
de las incidencias técnicas de carácter informático relacionadas con la aplicación, en los
términos recogidos en la cláusula cuarta de este convenio.
3. La conexión de los usuarios de INMUJERES a la aplicación GEISER se hará a
través de la Red SARA, gestionada por la SGAD, que adoptará las medidas de seguridad
que garanticen la confidencialidad del tránsito de la información intercambiada.
4. La aplicación distinguirá entre el grupo de usuarios de INMUJERES y el grupo de
usuarios de la SGAD como superadministradores de GEISER.
5. Los usuarios de la aplicación tendrán responsabilidad sobre el buen uso y
gestión, en su propio ámbito, del software y de las aplicaciones citadas anteriormente.
En todo caso, la SGAD no responderá de ningún daño y perjuicio directo o indirecto que
provenga del mal empleo de los componentes o de incidencias en el acceso y uso del
servicio por causas ajenas a la infraestructura de la SGAD.
6. Los equipamientos de INMUJERES y sus usuarios deberán cumplir los requisitos
mínimos exigidos para el uso de GEISER que figuran en su documentación.
Tercera.

La SGAD se compromete a:

a) Proponer una lista de indicadores de seguimiento a los efectos de obtener
la información necesaria durante la puesta a disposición de la aplicación GEISER en
relación a la prestación del servicio por la SGAD, a INMUJERES.
b) Adscribir al proyecto de los medios humanos y técnicos necesarios para la
adecuada adaptación e implantación inicial de la citada aplicación en INMUJERES.
c) Entregar el material para la autoformación específica del personal de INMUJERES,
encargado de dar soporte funcional e informático antes de la puesta en producción de la
aplicación.
2.

INMUJERES se compromete a:

a) Utilizar la aplicación GEISER para la gestión de su registro oficial de
entrada/salida en sus oficinas de registro y unidades tramitadoras.
b) Llevar a cabo la formación de los usuarios de esta aplicación en su ámbito.

cve: BOE-A-2023-25091
Verificable en https://www.boe.es

1.

Obligaciones de las partes.