III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-25099)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, en relación con las obras de modernización de regadíos del "Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos" incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. Fase III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 163679

capital desembolsado siempre que se amplíe la financiación prevista dentro del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La reprogramación se efectuará a propuesta de la Dirección General de Desarrollo
Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria como adenda a este convenio , debiendo
aprobarse siguiendo los mismos trámites que la aprobación de este convenio .
Quinta. Evaluación y seguimiento ambiental de las actuaciones incluidas en el Plan
para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos.
Las obras incluidas en el «Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en
regadíos» estarán afectadas por lo dispuesto en la Disposición final tercera del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
Respecto al seguimiento ambiental de las actuaciones, periódicamente y en su caso
con la periodicidad y contenido establecido en la correspondiente resolución ambiental,
SEIASA elaborará un informe de seguimiento ambiental de cada una de las actuaciones
que estén en ejecución. En este informe, se estudiarán los principales impactos
potenciales que se hayan recogido en el proyecto constructivo. Se estudiará, entre otros
aspectos, el impacto de la actuación sobre el suelo, la atmósfera, la vegetación y la
fauna, así como el impacto sobre la hidrología y el paisaje.
Los objetivos de este seguimiento son los siguientes:
– Verificar la evolución y alcance de los posibles impactos.
– Comprobar que los impactos producidos por la obra son los previstos.
– Detectar posibles impactos no previstos y aplicar las medidas correctoras que se
estimen precisas.
– Comprobar la adecuada implantación y eficacia de las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias propuestas por el proyecto constructivo.
Sexta. Indicadores para el seguimiento de los objetivos del Plan para la mejora de la
eficiencia y la sostenibilidad en regadíos.
El objetivo establecido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
para la inversión C3.I1.–Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en
regadíos, y por tanto para la inversión C3.I12, como inversión ligada al incremento de la
ambición de ésta, es fomentar el ahorro del agua y la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad energética en los regadíos españoles. De igual modo, se indica que con
estas inversiones se pondrán a disposición del regante sistemas de riego más eficientes
para poder cumplir así con los requerimientos de reducción de la presión de extracciones
establecidos por la autoridad competente en materia de planificación hidrológica.
Para poder llevar a cabo una evaluación a posteriori de la consecución de los
objetivos mencionados, se establecen a continuación una serie de indicadores (que
serán desarrollados de forma particular en los convenios a firmar con las «Comunidades
de usuarios del agua»), que facilitarán, en función de la tipología de la actuación a
ejecutar, la evaluación de la inversión C3.I12.–Plan para la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad en regadíos, una vez haya sido finalizada.
Los indicadores específicos de cada actuación se elegirán entre los relacionados a
continuación:
– Indicador n.º 1: Volumen de agua utilizado tras la modernización (m3/año a escala
de infraestructura) medido en términos de eficiencia hídrica.
– Indicador n.º 2: Consumo de energía y/o eficiencia energética de la infraestructura
tras la modernización (MWh/año y/o kWh/m3 agua impulsada).
– Indicador n.º 3: Consumo de aguas no convencionales (m3/año).

cve: BOE-A-2023-25099
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Núm. 294